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El STJ rechazó un recurso del juez Gemignani y ratificó una condena en su contra

 

o_1418186731Una sentencia del Superior Tribunal de Justicia confirmó el fallo adverso para el juez de la Sala IV de la Cámara de Casación Penal de la Nación, el paranaense Juan Carlos Gemignani, en un juicio que le iniciaron dos personas a las que representó en una denuncia por mala praxis médica, según informó ayer el sitio Análisis Digital. El pleito duró varios años y en 2011 la jueza Civil de Primera Instancia de Paraná, Cristina Ardoy, lo condenó por daños y perjuicios en contra de su ex patrocinado. A pesar de eso, concursó para ocupar una vacante en Casación y luego su pliego fue aprobado por el Senado. Ahora, el juez entrerriano tiene una sentencia del máximo tribunal entrerriano. Para evadir el efecto de la sentencia adversa, Gemignani hizo un planteo de violación al derecho de defensa y de cosa juzgada, pero el Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso y deja con sentencia firme en la provincia a la condena. La medida judicial incluye un embargo de 140 mil pesos en su sueldo de juez nacional. Juan Carlos Gemignani quedó a un paso del juicio político, y en su caso, de ser removido en el cargo que ocupa en la flamante Cámara de Casación Penal de la Justicia Federal con Sede en Comodoro PY. La Cámara de Casación es el órgano judicial más importante del sistema penal en Argentina, apenas por debajo de la Corte Suprema Nacional, publicó el sitio Análisis Digital. 
LA HISTORIA. Gemignani fue condenado como corolario de una historia que comienza en octubre de 1992. Ese mes falleció en Paraná el padre de un odontólogo santafesino de apellido Ortega, que entendía que el deceso se debía a una serie de prácticas erróneas de médicos que se desempeñaban en la Clínica Modelo (Paraná) y en el Sanatorio Adventista del Plata (Villa Libertador San Martín o Puiggari).  
Ortega, hijo del fallecido, inició la demanda en 1994 por daños y perjuicios contra los nosocomios, que fue confeccionada por los abogados Juan Carlos Gemignani y Sergio Avero, ex fiscal de Estado en el último gobierno montielista. La posibilidad de agregar pruebas al expediente se clausuró en 2001 y un año después la Clínica Modelo planteó la caducidad del trámite. Gemignani apeló fuera del plazo y la Cámara de Apelaciones ratificó lo resuelto en primera instancia a favor de las instituciones médicas.  
Cuando el expediente volvió a Primera Instancia se fijaron lo honorarios para los peritos y los abogados, que debían pagar Marcelo Ortega y sus hermanos. Los afectados se dieron cuenta allí, en 2002, que los abogados habían dejado caer dos plazos y les enviaron cartas documento. Ortega promovió la demanda contra Gemignani y Avero en el juzgado civil y comercial de Paraná. Gemignani se defendió diciendo que los demandantes habían modificado su situación económica y que al advertir que no había posibilidades que la acción prospere, le ordenaron caducar el proceso. La jueza Ardoy hizo en su fallo un pormenorizado relato de los hechos, comenzando por los que originaron el pleito, es decir, la muerte del padre del odontólogo Ortega en 1992. El cuadro médico que terminó con la vida del paciente nació tras una complicación post- operatoria que tuvo tras realizarse una colecistectomia. Un germen denominado Estreptococcus Boris le provocó el deceso, que tuvo como etapa final tres paros cardíacos. Gemignani y Avero argumentaron que no se podía vincular la muerte del hombre con un caso de mala praxis. Avero dijo en respuesta a la demanda que no había tenido trato con los demandantes ya que la demanda (original, por mala praxis médica) la llevaba adelante Gemignani. 
REVÉS DESDE EL STJ. Gemignani cuestionó la sentencia en su contra al calificarla de autocontradictoria, arbitraria y violatoria consignó Análisis Digital. Sobre eso tuvo que resolver la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia (STJ), integrada por los vocales Juan Ramón Smaldone, Emilio Castrillón y Leonor Pañeda. Smaldone observó que Gemignani “no logra demostrar que la sentencia sea arbitraria, incongruente o que el tribunal de grado se haya excedido en sus facultades al ingresar en el análisis del rubro perdida de chance toda vez que como se señala en el pronunciamiento impugnado el tratamiento de esa temática fue en función de valorar la existencia o no de responsabilidad cuestionada por los demandados y, no obstante concluir que el rubro era procedente”. “Por otra parte –continuó el vocal– no le asiste razón (a Gemignani) cuando afirma que la sentencia dispone que su parte se haga cargo de la totalidad de los honorarios del juicio perimido sin tener en cuenta la proporción de la no demandante, habida cuenta que en la sentencia puesta en crisis se resolvió modificar este rubro, pero reduciendo el monto al porcentaje de chance de ganar el juicio y al valor de la parte que corresponde a cada litis consorte, teniendo en cuenta que uno de ellos no había reclamado”. Por su parte, Emilio Castrillón disiente con su par y en base a una profusa explicación jurídica y valoración de los hechos, vota “dejar sin efecto la sentencia y mandar a dictar nueva sentencia conforme los límites de los recursos interpuestos contra la sentencia de primera instancia, en base a los argumentos expuestos”. El desempate se dio con el voto de la vocal Pañeda, que se inclina para la postura de Smaldone. En resumen, se rechazó el planteo de Gemignani en una historia donde el camarista federal ya cosechó anteriores sentencias condenatorias. Además, incluye un embargo de un total de 140.000 pesos (100.000 más 40.000 por intereses y costas), concluye Análisis Digital, que se aplicará sobre su sueldo de juez nacional.

 

Fuente: El Diario