El Gobierno nacional oficializó la creación del Programa de Estímulo al Crecimiento de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, con el objetivo de mejorar las condiciones de acceso al crédito y aumentar la producción y la generación de empleo.
Según el decreto 2550 publicado en el Boletín Oficial, podrán ser sujetos de los beneficios del Régimen de Bonificación de Tasas las micro, pequeñas y medianas empresas que tengan el asiento principal de sus negocios en el país.
La bonificación se instrumentará mediante llamados a licitación yo convenios a nivel nacional, regional, provincial yo sectorial. Las entidades del sector público nacional, provincial y municipal que otorguen financiamiento, podrán también suscribir convenios.
Por otra parte, se contempla una bonificación especial a las firmas que desarrollen su actividad principal en provincias, regiones o áreas geográficas con desventajas económicas comparativas.
La autoridad de aplicación podrá disponer, si el tomador del préstamo regulariza su situación en 90 días, que la Subsecretaría de Promoción al Financiamiento de la Pyme bonifique los importes como si la mora no hubiera ocurrido.
En tanto, en los casos que fuera abonada la bonificación de un crédito cancelado como consecuencia de la falta de información imputable a la entidad obligada a informar dicha circunstancia, la autoridad de aplicación solicitará la devolución de lo abonado en razón del crédito cancelado.
Las Entidades Financieras y Entidades del Sector Público Nacional que participen deberán brindar un tratamiento igualitario para todas las empresas, y no podrán establecer como condición para el otorgamiento de los préstamos a tasa bonificada la contratación de otros servicios ajenos a los propios del crédito sujeto a la bonificación.
Además, las entidades financieras y del sector público nacional adjudicatarias de cupos de crédito deberán poner el régimen en todas las sucursales del país, y deberán mencionar en la publicidad que oportunamente efectúen, en el formulario de crédito y en el contrato de préstamo de la línea en cuestión, el texto “Con bonificación de la SEPYME”, conjuntamente con el membrete de la mencionada secretaría.
Las entidades que adhieran serán responsables de analizar la viabilidad técnica, económica, financiera y jurídica de las operaciones que acuerden.