La resolución 35 publicada hoy en el Boletín Oficial, con la firma del titular de la secretaría, Guillermo Moreno, especifica que el precio tope «será igual al más elevado del día 9 de abril del corriente año».
A los efectos de la aplicación de la norma «quedará a cargo de las empresas dedicadas a la destilación, comercialización del petróleo y sus derivados, informar para conocimiento de sus clientes el precio más alto en cada región».
La resolución abarca las siguientes zonas: Región 1 del Noroeste (comprende Jujuy, Salta, La Rioja, Tucumán, Catamarca, y Santiago del Estero); Región 2 del Noreste (Formosa, Chaco, Misiones, Corrientes y Entre Ríos).
Región 3 de Cuyo (San Juan, San Luis y Mendoza); Región 4 Pampeana (Córdoba, Santa Fe y La Pampa); y Región 5 Patagónica (Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur).
Y la región 6: Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La norma comenzará a regir a partir de mañana, precisa la resolución.
Fuente: Telam