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Las partes argumentaron respecto a la excarcelación de Silvio Díaz

El Tribunal de la Cámara de Apelaciones de Paraná escuchó los argumentos de la Procuradora General Adjunta Cecilia Goyeneche, del querellante particular Marciano Martínez, y de la defensora particular Corina Beisel, en relación al recurso de Casación que presentó la defensora en contra de la resolución de la titular del Juzgado de Instrucción N° 6 Marina Barbagelata de negar el beneficio de la excarcelación a Silvio Díaz. Ahora, el Tribunal de la Cámara, que está integrado por Hugo Perotti, Rubén Chaia y Marcela Davite, realizará el 6 de octubre a las 12, la lectura íntegra de la sentencia y resolverá el pedido de Goyeneche, al que adhirieron todas las partes, para que se remita la causa al juzgado de origen para que se continúe con la investigación. 
Díaz comparece imputado del delito de Homicidio simple y Lesiones graves ocasionadas con dolo eventual por el accidente de tránsito que protagonizó el viernes 6 de junio de 2014 a las 8, cuando a bordo de un automóvil en el que se trasladaba a 135 kilómetros por hora, drogado y alcoholizado, arrolló a dos hermanos de 6 y 11 años, causándole la muerte al primero y lesiones graves al otro. El hecho conmocionó a Paraná por la gravedad del accidente, por el luctuoso saldo y porque ocurrió en el horario en que decenas de niños y niñas ingresaban a la escuela. 

A FAVOR. Beisel sostuvo que los riesgos procesales que se levantaron contra el pedido de excarcelación de su defendido “no se han probado en absoluto” y añadió que “se rechazó en base a presunciones legales y posiciones rígidas”. En este sentido cuestionó que “no existe fundamentos serios que eximan al Estado de hacer los esfuerzos para comprobar el riesgo de fuga o de entorpecimiento de la investigación”. 
La defensora también cuestionó la calificación legal del hecho porque consideró que “es agraviante para Díaz” por el monto de la pena, que no es el mismo para un homicidio simple que para uno considerado culposo. En este sentido, pidió que “se me explique por qué se violó el principio de igualdad ante la ley” y mencionó una serie de casos que consideró “análogos” en los cuales se concedió la excarcelación y la Fiscalía ni la querella los apelaron. 
Respecto al arraigo, Beisel sostuvo que no se valoraron elementos que aportan a este requisito para acceder al beneficio. Así, mencionó que Díaz “no tienen antecedentes, hace 40 años que vive en el mismo barrio, que tiene una hija, su mamá, su abuela y sus amigos”. 
EN CONTRA. Goyeneche y Martínez expresaron su rechazo al recurso que presentó Beisel y pidieron que se confirme la sentencia de la jueza de instrucción. La Procuradora adjunta señaló que en la argumentación de la defensa sólo se hace referencia a dos obstáculos para la concesión del beneficio de la excarcelación, mencionando el riesgo de fuga y el peligro de entorpecimiento de la investigación. En este sentido, planteó que “los supuestos peligros derivados de las acciones humanas son indemostrables”, por lo que no se le podría pedir al Estado que se adelante y los demuestre. En este sentido sostuvo que ambos riesgos están regulados por las normas vigentes. 
La funcionaria también cuestionó que sólo se valore el riesgo de fuga y el peligro de entorpecimiento de la investigación y no se tengan en cuenta “otros elementos que deben ser valorados en relación al fin del proceso”. Entre estos mencionó “la necesidad cognitiva del riesgo de reiteración”, valoró que Díaz fue detenido en “flagrancia” y la gravedad del hecho. 
A su turno, Martínez sostuvo que a la hora de analizar la posibilidad de otorgar el beneficio se debe aplicar la teoría de la Ponderación para evaluar con proporcionalidad y racionalidad el hecho que se investiga y determinar la pertinencia del recurso. 
Martínez destacó que en la casación no se discutía la calificación legal del hecho ni el dolo eventual, y sostuvo que “acá estamos analizando la libertad, no la calificación”. El letrado sostuvo que Díaz se puede fugar y entorpecer la investigación porque, explicó, no se trata de un ciudadano común, sino que se trata de una persona que “está fuera de cualquier regla”. En este sentido resaltó que “rompió todas las reglas, es un adicto y un alcohólico. Toda su vida es así”. Respecto al arraigo, Martínez aportó que, personas que no mencionó, le acercaron información que sostiene que Díaz no tiene domicilio fijo, habida cuenta que en un juicio sucesorio se trató de notificarlo y en el domicilio que brindó hay una obra en construcción. 

Otros reveses 
La defensa de Díaz ha recibido varios reveses en el derrotero de la causa. En este sentido, el 25 de julio de 2014, el Superior Tribunal de Justicia de Feria, resolvió rechazar el recurso de casación de la defensora que planteaba el cambio de calificación del hecho y le denegó el pedido de excarcelación. En el mismo sentido, el 31 de julio, la Sala II en la Cámara del Crimen, que integraron Alejandro Grippo, Marcela Badano y Daniel Malatesta, resolvió rechazar el planteo de recusación que realizó Beisel respecto de Barbagelata por entender que prejuzgó al realizar manifestaciones a los medios de comunicación.