El proceso de obtención de la nulidad de un matrimonio celebrado por Iglesia era, hasta ahora, muy lento y muy caro. Y la consecuencia era la previsible: pocos católicos acudían a ese mecanismo y optaban solamente con acceder al divorcio civil.
Pero ayer el papa Francisco dio a conocer dos decretos “motu proprio” –uno para las iglesias latinas, y otro para las del rito oriental– en los que dispuso la agilización de ese proceso y, además, que sean gratuitos.
Los cambios entrarán en vigencia a partir del 8 de diciembre, y en esencia establecen que obtener la nulidad de un matrimonio católico sea un proceso gratuito, más ágil y que dure entre 90 días y un año.
La agilidad vendrá dada no sólo por el plazo máxima que fija el nuevo ordenamiento para resolver un pedido de nulidad sino porque bastará la sentencia de un tribunal de primera instancia y ya no será necesario ir por la segunda instancia, como era obligatorio hasta ahora.
También, se habilita a los obispos a resolver en asuntos de fácil resolución, sin necesidad de llegar a un tribunal interdiocesano. En Paraná, la jurisdicción es el tribunal interdiocesano con asiento en Santa Fe.
DETALLES. La reforma establece que la declaración de nulidad se hará efectiva después de “una sola sentencia” –en vez de dos como hasta ahora–, firmada por “un juez único bajo la responsabilidad del obispo” y como consecuencia de “un proceso más breve”, sobre todo en los casos “en los que la nulidad del matrimonio sea más evidente”.
Respecto del costo del trámite, en el decreto papal se advierte de que “la gratuidad del procedimiento tiene que ser asegurada, porque la Iglesia, mostrándose ante los fieles madre generosa, en una materia tan estrechamente ligada a la salvación de las almas, manifieste el amor gratuito de Cristo”. A partir de diciembre, cada diócesis tendrá que hacerse cargo del costo de los procesos.
Pero además, el cambio que introdujo Francisco prevé que una ampliación de facultades para los obispos, al permitirle encargarse de juzgar los casos más evidentes y por lo tanto más breves de nulidad matrimonial.
El cambio que ahora introduce en la legislación de la Iglesia el pontífice está tono con las reformas que viene motorizando. En las últimas semanas, las palabras y las acciones de Francisco han estado encaminadas precisamente a una actitud más comprensiva hacia los cristianos en dificultades, ya se trate de los divorciados vueltos a casar o de las mujeres que decidieron abortar.
El primer día de septiembre, Francisco anunció que durante la celebración del jubileo de la Misericordia ––desde el próximo 8 de diciembre al 20 de noviembre de 2016– todos los sacerdotes tendrán la facultad de absolver a las mujeres que hayan cometido “el pecado del aborto”, porque “el perdón de Dios no se puede negar a todo el que se haya arrepentido” y “muchas de ellas llevan en su corazón una cicatriz por esa elección sufrida y dolorosa”.
El sacerdote entrerriano Mauricio Landra, párroco en Ceibas y actual decano de la Facultad de Derecho Canónico de la Pontificia Universidad Católica Argentina (UCA), un respetado canonista en la Iglesia argentina, explica que las modificaciones que anunció Francisco apuntan a un cambio “en la parte procesal judicial de nulidad matrimonial. Son 21 cánones en total del Código de Derecho Canónico los que cambian”.
MODIFICACIONES. “Hay una serie de condiciones que ha cambiado”, explica Landra. Al respecto, detalló que lo que se busca es “mayor celeridad, buscando que el proceso judicial se agilice, siempre con el criterio de que un proceso judicial tiende a respetar la validez del matrimonio, en primer lugar. Por lo tanto, lo que se busca es la celeridad en la repuesta a la pregunta si el matrimonio es válido o no”.
Además de la supresión de la obligatoriedad de la doble sentencia –primero la del tribunal interdiocesano, y luego de la instancia nacional–, rescata Landra la mayor injerencia que se da en este asunto a los obispos. “En una diócesis, el obispo tiene la potestad para administrar, legislador, y también la potestad judicial. Es juez nato en esa iglesia particular. Lo que ocurre es que hay delegación de facultades hacia los tribunales interdiocesanos, y entonces el obispo no se podía abocar como juez sino que lo debía hacer por medio del tribunal. El motu proprio modifica esta parte, en casos demasiado evidentes, y con anuencia de los dos esposos. Ahora, cuando las causas de nulidad sean muy evidentes, se va a permitir iniciar el proceso judicial con el obispo, un trámite que puede durar entre 30 a 45 días”, señala Landra.
Respecto del abaratamiento del proceso, el sacerdote explicó que “el Papa ya viene proponiendo la gratuidad proporcional a todo lo que es la tarea judicial”, y a ese respecto puntualiza que el objetivo es que “la cuestión económica no sea obstáculo ni lentifique el proceso”.
Alberto José Arias, abogado canonista de Concordia, dijo a EL DIARIO que los cambios que introduce el Papa van a convertir los trámites de nulidad en “más diligentes, porque ahora lo que ocurre es que tardan años. Tengo trámites en el tribunal desde hace años”.
–¿Qué es lo que complica y atrasa el trámite?
–Reunir las pruebas. En estos trámites no hay caducidad, y entonces todo se hace muy largo. No hay, tampoco, cosa juzgada. Se puede apelar una decisión de un tribunal de primera instancia en cualquier momento.
–¿Por ejemplo, qué prueba demora?
–Si usted pone como prueba que uno de los cónyuges decidió no tener hijos, cuando eso es algo que no puede decir la pareja, sino que es algo de Dios, ahí se complica. Se hace difícil probar eso, que alguien tomó la decisión de no tener hijos. Otro motivo de nulidad es el cambio de carácter de una de las partes después de casados, cuando toma actitudes violentas.
–¿Hay muchos trámites?
–La verdad es que son pocos trámites porque la gente tiene la idea de que es un trámite costoso, y no lo es. Un trámite de nulidad matrimonial en la Iglesia tiene un costo de $ 2.500. Pero un trámite de divorcio civil puede estar en $ 14 mil. Entonces, lo que hace la gente es tramitar su divorcio en la Justicia, pero no la nulidad en la Iglesia por esta situación.
El tribunal
El tribunal interdiocesano de Santa Fe, que tiene jurisdicción sobre la arquidiócesis de Paraná, está presidido por el arzobispo José María Arancedo.
El vicario judicial es el sacerdote Alejandro Bovero, y los jueces son Javier Enrique González, Silvio Fariña (expárroco de la Iglesia Catedral de Paraná), Hugo Héctor Cappello, Carlos Hugo Scatizza y Fernando Supertino.
Como defensores del vínculo actúan Luis Anaya, decano de la sede Paraná de la Universidad Católica Argentina (UCA), Ricardo Mazza y Fernando Sepertino.
Y como notarias, las abogadas María Delfina Zenclussen y Albertina Marín.