El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná, integrado por Noemí Berros, Roberto López Arango y Lilia Carnero, resolvió condenar a Ángel Roberto Chaparro Romero y Guillermo Percy Solórzano Ríos, en calidad de coautores, y a Miriam Rosana Ávalos, como partícipe secundaria, por el delito de transporte de estupefacientes. Los tres imputados fueron detenidos en un procedimiento, el 22 de agosto de 2012, realizado por la Policía de Entre Ríos en el puesto caminero de la Dirección de Seguridad y Prevención Vial ubicado en el kilómetro 289 de la Ruta Nacional Nº 127, en las inmediaciones de San Jaime de la Frontera, con 84,240 kilos de marihuana, valuada en $200.000.
El martes 3 de junio, en una audiencia de juicio abreviado, las partes, con el asentimiento de los imputados, acordaron encuadrar la conducta que se atribuyó a los tres procesados en el delito de Transporte de estupefacientes, cambiando la calificación con la que llegaron a debate, que era transporte de estupefacientes agravado por la intervención de tres personas organizadas para cometerlo.
Las penas. El Tribunal resolvió condenar a Solórzano Ríos a cuatro años y ocho meses de prisión y una multa de $3.000; en tanto que a Chaparro Romero, lo penó con cuatro años y tres meses de prisión e igual multa; mientras que a Ávalos, la condenó a tres años de prisión de cumplimiento efectivo y multa de $1.000.
A la hora de evaluar las pruebas que conformaron la causa, los magistrados evaluaron que Chaparro Romero y Solórzano Ríos actuaron como coautores ya que “el primero conducía el vehículo del que el segundo era propietario”. También consideraron que “ambos sabían la calidad estupefaciente de la carga transportada y querían trasladarla, desde su lugar de aprovisionamiento en Misiones hacia su destino en la provincia de Buenos Aires”.
Otro elemento que tuvieron en cuenta para arribar a una sentencia condenatoria estribó en “la forma en que la droga se encontraba fraccionada (en los consabidos ladrillos de sustancia vegetal compacta) y el modo en que dicha carga se había envainado para su ocultamiento en distintos habitáculos especialmente fabricados y predispuestos ex profeso en el interior del automotor para el traslado de objetos”, lo que para los jueces descarta “cualquier posible desconocimiento por parte de los encartados de la mercadería trasladada”.
En el caso de la mujer, los jueces evaluaron que, tal como declaró, “desconociera la calidad de la carga transportada”, entendiendo que “ningún elemento probatorio permite desvirtuar lo afirmado en su declaración indagatoria, en cuanto a que ella viajó acompañando a su marido, Solórzano Ríos, por invitación de éste y para pasear con su bebé”. En este sentido, analizaron que “su presencia en el rodado, con el bebé, no se avizora como necesaria para la comisión del delito según el plan concreto de sus autores”, sino que “aparece sólo como aportando a generar una imagen de comitiva familiar en viaje de descanso destinada a diluir cualquier sospecha”.
En el acta de juicio abreviado se acordó que, en razón del tiempo de prisión preventiva, en la modalidad de prisión domiciliaria, cumplida por Ávalos, correspondía otorgarle la libertad condicional.
Atenuantes. El Tribunal tuvo en cuenta, como atenuantes, que ninguno de los imputados registraba antecedentes penales. También consideró la juventud de Ávalos y el escaso nivel de instrucción de Chaparro Romero, que tiene estudios secundarios incompletos y de Solórzano Ríos, que sólo tiene estudios primarios incompletos. Los jueces valoraron los informes de vida y costumbres de los imputados. Así, se consideró que Ávalos es empleada de una casa de comidas, tiene un pequeño hijo y es “una persona muy buena y trabajadora”, que Solórzano Ríos es una persona “amable y de buen comportamiento general”, que trabaja como remisero y está inscripto como tal ante la AFIP; en tanto que Chaparro Romero es albañil y pintor, y cuenta con buen concepto entre sus vecinos.
Acondicionada
Los efectivos encontraron “29 paquetes en la parte trasera del asiento trasero, que mostraba deformaciones o bultos y a los que se accedía mediante un cierre; 38 paquetes estaban ocultos en un sobretecho que tenía espuma de propileno verde, con tornillos y una malla metálica; nueve paquetes con una cobertura térmica se hallaron detrás de unos sobresaltos ubicados en la parte trasera de los asientos delanteros –cuatro en el del conductor y cinco en el del acompañante–; y, finalmente, 11 paquetes se encontraban ocultos detrás de los paneles de las puertas traseras izquierda, cinco paquetes, y derecha, seis paquetes”.