Tras el cierre de la primera jornada post elecciones legislativas, la Comisión Nacional de Valores (CNV) anunció este lunes nuevas disposiciones sobre el dólar financiero, que apuntan a modificar la forma de cálculo para establecer el límite máximo de compra de valores negociables con liquidación en moneda extranjera.
La RG N° 911/21 fue aprobada este lunes por el directorio de la CNV y se publicará este martes en el Boletín Oficial. En efecto, la nueva resolución establece que para contabilizar el límite máximo –que se mantiene en 50.000 nominales semanales- las ventas de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares y emitidos bajo ley local con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT , ya no podrán ser compensadas o neteadas con las compras de estos mismos activos con liquidación en moneda extranjera.
El fundador del portal de educación financiera interfinance, Sergio Morales, recordó a este medio que, previamente, «las operaciones de compra de dólar MEP que excedían el límite impuesto de 50.000 nominales semanales para liquidaciones de bonos bajo ley local, importe equivalente aproximado de u$s17.000, se podían compensar posteriormente con la recompra de los bonos sobrantes».
«En este sentido, si bien la norma hoy no afecta significativamente al inversor y/o ahorrista minorista, está orientada a restringir esta práctica habitual que acontecía en las sociedades de bolsa locales», acotó.
Esta resolución se dictó en coordinación con el Banco Central y el Ministerio de Economía de la Nación, con el propósito de «contribuir con una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real, en el marco de la política económica actual».
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