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El Poder Ejecutivo le puso techo al incremento del Impuesto Inmobiliario para parcelas urbanas de Juntas de Gobierno.

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Se instrumentó un nuevo vencimiento para el 28 de febrero y para quien haya pagado habrá un régimen de imputación para futuros pagos.

La Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER), recibió un informe elaborado por la Dirección de Catastro que permitió una revisión del mecanismo de valuación y del impuesto determinado para parcelas urbanas ubicadas en Juntas de Gobierno. Esto se hizo necesario a partir de la aplicación del importe mínimo de 20 pesos al valor del metro cuadrado, que se fijó para la tierra libre de mejoras en parcelas urbanas.

La legislación vigente (ley 8672 art. 3°), define como “parcelas urbanas a aquellas ubicadas dentro de los límites de los municipios o juntas de gobierno”, por lo tanto reconoce una valuación única, debiendo tomarse el mismo criterio para una partida correspondiente a una ciudad densamente poblada, que para un distrito rural.

El resultado obtenido con la aplicación de valores mínimos contraría la política tributaria trazada por esta gestión: aumentar los mínimos del valor de la tierra libre de mejoras, y aplicar recargos sobre los terrenos baldíos, acercándose a los valores de mercado, para permitir la movilización de las tierras para la construcción de viviendas. Pero este criterio, se orienta a las ciudades que crecen en su población y tienen una importante demanda de viviendas y de terrenos disponibles, los cuales son sujetos en algunos casos a la especulación inmobiliaria; en cambio en las pequeñas localidades se sufre la migración de sus pobladores; de tal manera que se determinó poner un límite al crecimiento del impuesto en referencia a los valores emitidos en el año 2012.

Para morigerar el efecto en el impuesto determinado para las parcelas urbanas ubicadas en las Juntas de Gobierno, se definió la aplicación de un importe máximo en el impuesto determinado 2013, que no supere el 100 por ciento, en las partidas comprendidas en la Planta 2 (urbano edificado) y del 200 por ciento en aquellas que correspondan a la Planta 1 (Terrenos Baldíos), siempre respecto del Impuesto determinado año 2012.

En este sentido la ATER, realizará una nueva emisión de las 19.000 partidas que se vieran afectadas por el cálculo y cuyo nuevo vencimiento operará el día 28 de febrero; las mismas estarán disponibles en las oficinas del organismo a partir del día lunes 25. Se sugiere a los contribuyentes concurrir a las oficinas a retirar su boleta de pago o solicitar su impresión y para aquellos que tengan acceso a Internet lo pueden hacer en la página www.ater.gob.ar con el código link que figura en cualquier boleta anterior.

Para quienes hayan pagado el impuesto la ATER instrumentará un sistema para tomarlo como pago a cuenta, que permitirá al contribuyente recuperar lo que haya pagado en exceso.

 

Fuente: Entre Ríos.