El caso se hizo público en 2016, cuando la Justicia allanó el convento de las carmelitas descalzas y secuestró varios elementos que las religiosas utilizan para flegalarse como parte de las reglas del carmelo.
En su alegato de apertura, el fiscal Jorge Gamal Taleb, dijo que lo ocurrido en el interior del convento de Nogoyá «no cabe sino calificar como supuestos hechos de graves violaciones a los derechos humanos, de abuso eclesiástico y de anulación de la personalidad de dos víctimas que han sido reducidas durante su estadía en el convento de las carmelitas descalzas de Nogoyá a la condición de siervas. Pero no de siervas de Dios, sino de la voluntad caprichosa» de Toledo, que ejerció el cargo de priora durante una década, hasta que fue separada de esa responsabilidad en 2016.
Taleb relató lo denunciado por S.A, y cómo fue el maltrato de Toledo durante seis años, entre 2007 y 2013: «La privó ilegítimamente de su voluntad sin su consentimiento. Durante su penosa estadía contra su voluntad en ese convento, la señora Toledo además le infringió tratamientos corporales que no pueden ser calificados sino como verdaderos tormentos. Aplicó e hizo aplicar esos tormentos en contra de la constitución de las carmelitas descalzas, la constitución del año 1990». Esos tormentos a los que sometió a las monjas fueron mediante el uso de látigos y del silicio.
SA., relató el fiscal, permaneció 6 años en el convento carmelita «retenida en contra de su voluntad. La obligaba a usar mordazas de madera en su boca durante una semana. Los encierros en la celda se prolongaban durante tres o cuatro días al punto que SA perdía toda noción temporal. Sólo podía beber agua y comer pan. Todo esto provocó un estado de profundo deterioro psicológico, que tuvo en ese lugar intentos de suicidio, llegando a azotarse la cabeza contra el suelo».
El proceso a la monja carmelita se desarrollará en Gualeguay, y el juzgamiento estará a cargo del Tribunal de Juicio y Apelaciones integrado por Darío Crespo, Javier Cadenas y Alejandra Gómez. Las audiencias serán públicas y se desarrollarán a partir de las 9 en los Tribunales de Gualeguay, Empezaron este martes y continuarán los días 12, 14, 18, 19, 25, 27 y 28 de junio próximos.
Toledo dirigió durante diez años el Monasterio de la Preciosísima Sangre y Nuestra Señora del Carmen, de la ciudad de Nogoyá, y la causa se originó tras la acusación en su contra realizada por excarmelitas. El fiscal Federico Uriburu ordenó un allanamiento en agosto de 2016, durante el cual secuestraron diversos elementos relacionados con las denuncias formuladas por las monjas de clausura. Al mes siguiente la religiosa fue imputada tras el análisis de «todas las pruebas y declaraciones tomadas», entre ellas las de Jorge Bonín, párroco de la basílica Nuestra Señora del Carmen, de Nogoyá.
El carmelo de Nogoyá es un monasterio autónomo, gobernado por sus superioras, elegidas según las constituciones por las propias religiosas. Se trata de una casa religiosa de derecho pontificio, es decir, erigido por la Santa Sede de cuya potestad depende en lo que se refiere al régimen interno y a la disciplina, aunque se encomiende al obispo diocesano, Juan Alberto Puiggari, el actual, el cuidado de estos monasterios en algunos aspectos muy precisos, y siempre respetando la legítima autonomía del monasterio y aquello dispuesto en sus Constituciones.
Luisa Toledo fue apartada de su cargo de priora a mediados de septiembre de 2016.
Para la defensa, no hay delito
La defensa de la religiosa tiene otra mirada sobre el asunto. Sostienen que no hubo delito y que Toledo no hizo sino aplicar las propias constituciones que rigen la vida de la congregación de las carmelitas descalzas. Y que lo aplicó según su entender, y de acuerdo a cómo había aprendido la regulación interna siendo religiosa, antes de ser priora.
Guillermo Vartorelli, uno los abogados defensores de la monja Luisa Toledo, expriora del convento carmelita de Nogoyá, que desde este martes será sometida a juicio oral en Gualeguay, acusada por el delito de privación ilegítima de la libertad agravada en perjuicio de dos religiosas a las que le había impedido salir de la congregación, dijo que la calificación legal aplicada a los cargos que pesan sobre la religiosa resultan «excesivos».
Vartorelli, que ejerce la defensa junto a Miguel Cullen, explicó: «Los defensores entendemos que no hay delito, ni privación ilegítima de la libertad ni ningún otro. Desde el vamos nos parece excesiva la calificación legal que se le aplicó». Y agregó: «Nosotros vamos a sostener básicamente que entendemos que la imputación es atipica, que no ha incurrido la madre superiora en ninguna conducta ilícita».
«También, vamos a sostener que, en el caso de que haya alguna conducta reprochable, no lo entendía así la hermana, porque se regía por un ordenamiento propio de la orden de las carmelitas. Ella aplicó la constitución de la orden como lo entendía, y entendía que las constituciones de la orden la autorizaban a tomar algunas decisiones que ahora se le reprochan», apuntó Vartorelli. «Lo que hizo ella fue interpretar y aplicar las constituciones de la manera que lo aprendió», subrayó.