La medida fue confirmada a través de la Resolución General 5006/2021, publicada este martes en el Boletín Oficial. Según la normativa, firmada por la titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Mercedes Marcó del Pont, la prórroga aplica tanto para los tributos de las personas humanas, como de las sucesiones indivisas.
Las nuevas fechas serán el 23, el 26 y el 27 de julio, según terminación del número de CUIT. La fecha de pago es el día posterior al de la declaración determinativa de los saldos. Las fechas originales eran el 11, el 14 y el 15 de junio.
De esta manera, hay unos 40 días de diferencia entre las fechas originales del calendario oficial, que preveía que el límite para la realización de estas obligaciones sea a mediados de junio, y los plazos que determinó finalmente la AFIP.
- CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3: presentación 23 de julio, pago 26 de julio.
- CUIT terminado en 4, 5 y 6: presentación 26 de julio, pago 27 de julio.
- CUIT terminado en 7, 8 y 9: presentación 27 de julio, pago 28 de julio.
Se trata de los impuestos correspondientes al período fiscal 2020, por lo que para este pago no rige la modificación de Ganancias que dejó exentos a asalariados y jubilados que ganen hasta $ 150.000 mensuales.
La medida ya había sido anticipada por el organismo mediante un comunicado en el que explicó que esta decisión alcanza también al pago del Impuesto Cedular, y “facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias”.
“La prórroga garantiza un plazo razonable para que los contribuyentes y sus asesores contables puedan elaborar las declaraciones juradas con los nuevos aplicativos”, consideró el fisco.
En el caso del Impuesto Cedular, los limites para efectuar la presentación de la declaración jurada y el pago del saldo resultante también se extendieron y quedaron establecidos en un nuevo calendario.
Al igual que para Ganancias y Bienes Personales, las nuevas fechas de presentación de declaraciones juradas y pagos serán: para los CUITs terminados en 0,1,2 y 3: el viernes 23 de julio para la presentación con pago el lunes 26; para los terminados en 4,5 y 6: lunes 26 como presentación y pago al día siguiente y para los que finalizan en 7,8 y 9, presentación el martes 27 con día de abono el miércoles 28.
Asimismo, el aplicativo web ya está disponible para el caso de Bienes Personales, mientras que para Ganancias el acceso será habilitado partir del próximo 18 de junio.
«En virtud del objetivo permanente de esta Administración Federal de facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables, deviene oportuno extender el plazo” para que los responsables” los contribuyentes “realicen la presentación de la declaración jurada e ingresen el saldo resultante de los mencionados gravámenes”, señaló el organismo.