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Nuevas restricciones al dólar: cuáles son y a quiénes alcanzan

La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso nuevas limitaciones a las operaciones con dólares financieros y redujo el límite máximo de compra de valores negociables con liquidación en moneda extranjera.

Por medio de la Resolución General 911/2021 publicada este martes en el Boletín Oficial, la CNV dispuso que para contabilizar el límite máximo de operaciones con Contado con Liqui por semana, aunque se mantiene en 50.000 nominales semanales (unos 17 mil dólares), a partir de ahora las ventas de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares y emitidos bajo ley local con liquidación en moneda extranjera, en el segmento PPT, ya no podrán ser compensadas o «neteadas» con las compras de estos mismos activos con liquidación en moneda extranjera.

 

¿Qué es el Contado con Liquidación?

 

Se trata de operación legal por la cual una persona o empresa puede cambiar pesos argentinos por dólares en el exterior, mediante la compra-venta de acciones o títulos de deuda

La operación, que permite conseguir dólares en tiempos de cepo es sencilla y legal. Un inversor compra acciones o títulos en el mercado local, en pesos, pero que cotizan en el exterior en dólares.

Un mismo título o acción puede cotizar en la Bolsa de valores de la Argentina y en alguna Bolsa del exterior, como por ejemplo, la de Nueva York, al mismo tiempo. Una vez comprada la acción no se puede volver a vender hasta 72 horas después.

El comprador pide al banco local o a alguna otra entidad financiera que le transfieran el título a una cuenta bancaria que tiene en el exterior. Donde luego revende en dólares y se los guarda. De esa manera transformó pesos en dólares.

¿Qué era lo que sucedía hasta ahora?

El límite máximo de operaciones con Contado con Liqui por semana era de 50.000 nominales semanales. Sin embargo ese monto se podía compensar o «netear» con la recompra, una vez liquidados, una vez más de esos mismos bonos con liquidación en dólares.

Es decir hasta ahora, aunque el límite eran 50 mil nominales semanales en una misma semana un operador podía vender 1.050.000 nominales y comprar 1.000.000, se compensaba y se respetaba el límite de los 50 mil nominales semanales. Ahora solo se podrá vender 50 mil nominales semanales y no hay forma de compensar.

Es que hasta ahora las operaciones de compra de dólar MEP que excedían el límite impuesto de 50 mil nominales semanales para liquidaciones de bonos bajo ley local, se podían compensar con la recompra de bonos sobrantes.

Según explicó el fundador del portal de educación financiera InterfinanceSergio Morales, a ámbito.com «si bien la norma hoy no afecta significativamente al inversor y/o ahorrista minorista, está orientada a restringir esta práctica habitual que sucedía en las sociedades de bolsa locales».

“Esta resolución se dicta en coordinación con el Banco Central de la República Argentina y el Ministerio de Economía de la Nación, con el propósito de contribuir con una administración prudente del mercado de cambios, reducir la volatilidad de las variables financieras y contener el impacto de las oscilaciones de los flujos financieros sobre la economía real, en el marco de la política económica actual”, indicó la CNV.

Resolución General 911/2021: