Su vigencia es por un plazo de 90 días, «o hasta el dictado por parte del Poder Ejecutivo del proyecto de decreto propiciado por esta Dirección Nacional que efectúe su derogación».
En los considerandos explica que la medida fue adoptada «ante la necesidad de fortalecer con Estados Unidos de América las relaciones bilaterales tendientes a impulsar el comercio y el turismo, coadyuvando a la creación del marco propicio para incentivar actividades culturales, científicas, tecnológicas, y económicas, y a fin de sentar las bases estratégicas migratorias, y dar cumplimiento a los compromisos asumidos por la República Argentina en materia de integración y movilidad de los migrantes».