El ministro de Gobierno, Adán Bahl, explicó que en relación a la iniciativa del denominado «voto joven», la opción de votar se habilitó recientemente tras la sanción de la ley 26.774, que modificó la edad de actualización del DNI, el cual pasó de los 16 a los 14 años.
En este sentido, Bahl recordó que “aquellos jóvenes que opten por participar de las elecciones generales de octubre y cumplan 16 años antes del 27 de ese mes deben actualizar su DNI antes del 30 de abril para poder ingresar al padrón”.
«Para evitar el congestionamiento de las oficinas públicas donde se debe realizar el trámite y evitar que los ciudadanos tengan que hacer largas colas, se extenderá a lo largo del mes de abril el horario de atención en las oficinas de las localidades que tengan mayor flujo de ciudadanos”, dijo Bahl y aconsejó no concurrir temprano ya que no es necesario sacar turno con antelación y se atiende a gente durante toda la mañana.
“Nos pareció importante extender el horario de atención de las oficinas del Registro Civil que cuentan con mayor afluencia para que los jóvenes que quieran actualizar su DNI y concurran a la escuela en la mañana puedan realizar sus trámites en la siesta y no interrumpir las clases”, explicó el titular de la cartera política.
Las oficinas que atenderán hasta las 16
Las oficinas que extenderán sus horarios son: Centro de Ducumentación Rápida en Paraná, Concordia (Centro), Colón, Concepción del Uruguay, Gualeguaychú, La Paz, Federal, San Salvador, Villaguay, Nogoyá, Rosario Del Tala, Feliciano, Diamante, Victoria, Gualeguay, Crespo, Chajarí, Villa Elisa, Villa Paranacito y Cerrito.
Puntualmente, se añadirán tres horas de atención, lo que duplicará la capacidad operativa de cada oficina, precisó el ministro, al tiempo que indicó que el trámite del nuevo DNI tiene un costo de 35 pesos, se puede realizar en todas las oficinas de Registro Civil de la provincia y también en el Centro de Documentación Rápida de Paraná.
Actualización a los 14
A través del inciso b de su artículo 10, la ley 26.774 establece que la actualización del DNI que antes se hacía a los 16 años, ahora debe realizarse a los 14.
Esta nueva disposición rige desde noviembre. Una vez efectuado el trámite, se emitirá un nuevo DNI tarjeta y el Registro Nacional de las Personas (Renaper) procederá a informar a la Justicia Electoral a los efectos de dar el alta al joven en el padrón electoral.
Para el trámite, se mantienen los requisitos e instrucciones vigentes para los de actualización de mayor. El menor puede concurrir solo, sin necesidad de estar acompañado por alguno de sus padres.
“Como medida extraordinaria, y por el término de un año desde la entrada en vigencia de la ley, la actualización de mayor se podrá efectuar a partir de los 14 años hasta el día en que el ciudadano cumpla los 17 años, sin multas ni penalidades. Luego de este periodo de transición, la actualización deberá efectuarse desde los 14 años hasta el día en que el ciudadano cumpla los 15”, advirtió el ministro.
En caso de que un joven mayor de 14 años se presente a realizar cualquier tipo de trámite relativo al DNI, se deberá proceder de igual modo que en la actualidad con los de mayores de 16, añadió Bahl, al tiempo que indicó: “El oficial público del Registro Civil deberá constatar, ya sea a través de información provista por el ciudadano o por el mismo sistema de toma digital, si el solicitante ha cumplido con la actualización de mayor. En caso de que no la hubiera realizado, se deberá proceder a la toma de un trámite de actualización de mayor”.
Las multas
En cuanto al régimen de multas establecidas para aquellos que no hubieran efectuado su actualización en el plazo correspondiente, Bahl informó que continúa sin cambios. “Si se realiza pasados los 17 años, se deberá abonar una multa cuyo importe será equivalente a una tasa vigente a la fecha en que se gestione su identificación”, precisó.
Asimismo, continuará sin cambios el régimen previsto para los casos de infractores mayores de 18 años. “En estos casos, los infractores deberán, al momento de tramitar su DNI, presentar su partida de nacimiento y los DNI de uno o ambos padres”, acotó.
En caso de que resulte imposible presentar el DNI de al menos uno de los progenitores, corresponde acompañar información sumaria de la que surja la identidad del tramitante, la que deberá ser gestionada ante un Juzgado de Paz y avalada por dos testigos que manifiesten conocer al ciudadano.