La Cámara Contencioso Administrativa N° 2 de Concepción del Uruguay tiene en sus manos una demanda judicial que plantea la inconstitucionalidad del «arresto policial», una de las cuatro sanciones que establece el Reglamento General de Policía de Entre Ríos con el que se castiga a sus funcionarios y empleados de la fuerza frente a faltas de conducta o de deberes de sus subordinados.
El eje del planteo de inconstitucionalidad, que patrocina el abogado Juan Carlos Arralde, es que «el poder de privar de la libertad de las personas recae pura, única y exclusivamente en un juez con competencia del Poder Judicial que debe previamente emitir una orden de detención contra cualquier persona física».
Se trata de un caso testigo que puede sentar un precedente en la jurisprudencia entrerriana y eliminar por su invalidez constitucional la aplicación del arresto a los miembros de la fuerza policial.
Arralde patrocina a los funcionarios policiales en este planteo judicial, que pretende que el Tribunal especializado en el Fuero Contencioso Administrativo declare inconstitucional el Artículo 171° inciso b) y 174° de la Ley N° 5.654 que rige la vida interna y el régimen laboral de los uniformados entrerrianos y no permita su aplicación al caso concreto sometido a juicio.
«Se trata de una sanción que no tiene ningún viso de legalidad y que infringe claramente la Constitución Nacional y Provincial, porque en el Estado Constitucional de Derecho como es nuestro régimen republicano y gracias a la división de funciones de los tres Poderes del Estado sólo un juez puede detener o privar de la libertad a una persona. «Imagínense ustedes los atropellos, las arbitrariedades y las injusticias que se cometen contra los funcionarios policiales utilizando estas penas inconstitucionales, muchas de ellas en manos de superiores inmediatos que tienen el enorme poder de aplicar hasta 20 días de arresto sin otra formalidad que la de notificar el castigo al infractor. Muchas veces sin expresión de causa, por motivos insignificantes o sin oír al acusado», explicó Arralde, quien sostiene la necesidad de modificar «una ley autoritaria, vetusta, plagada de ilegalidades y que ya carga con 44 años de vigencia».
El tribunal colegiado que preside María Fernanda Erramuspe junto a los vocales Federico Lacava y Mariano López deberá analizar la constitucionalidad de la figura impugnada por el letrado y sus clientes.