La reglamentación de la ley que regula el empleo público en la provincia de Entre Ríos es vista con satisfacción desde los gremios de estatales. Para ATE, “salda una deuda de la democracia” y para UPCN “cambia el paradigma” en la relación entre Estado y trabajadores.
El decreto número 2.217 fue suscripto por el gobernador Sergio Urribarri la semana pasada para reglamentar la ley 9.755, luego de un trabajo de varios meses entre UPCN, ATE y el Ministerio de Trabajo de la provincia.
VANGUARDIA. Desde la Unión Personal Civil de la Nación (UPCN), el secretario de Interior, Fabián Monzón, opinó que la puesta en vigencia de la norma constituye “un antes y un después” en el vínculo entre el Estado provincial y los trabajadores. “Es un punto de inflexión de vital importancia que nos permitirá comenzar una relación distinta”, indicó a la prensa el dirigente, al tiempo que agregó que se trata de un “anhelo histórico de los trabajadores, lo cual hace que el logro sea aún más importante”.
“A través de sus representantes, los gobiernos y los gremios podrán relacionarse con un marco legal definido y no por una cuestión de voluntarismo, como ha sido hasta ahora”, comparó Monzón. “Esta ley cambia el paradigma y pone a Entre Ríos entre las pocas provincias que han logrado esta conquista, a la vanguardia en la Argentina”, valoró el sindicalista.
DEUDA. Miguel Pelandino, secretario general de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE), aseguró que la nueva norma “va a jerarquizar a la administración pública provincial”. Luego, recordó: “Hace 23 años que esta ley es discutida en la provincia y nunca se tomó la decisión de aplicarla, pese a que pasaron muchos gobiernos”.
El gremialista mencionó que la ley “incluye derechos para los trabajadores, pero también deberes” y la calificó como “un gran salto, ya que lo que antes era una mesa de diálogo por voluntad, ahora será una mesa de diálogo legal, con igualdad de condiciones”, diferenció.
En la Web del gremio, además, se definió como “una conquista histórica” a la aplicación de la norma y se señaló como antecedente la ley de convenios colectivos de trabajo 24.185 de 1992, conocida como “ley Abdala”, en referencia al dirigente Germán Abdala, fallecido un año después. “El gobierno entrerriano firmó el decreto reglamentario el mismo día (13 de julio) en el que se cumplieron 19 años de la desaparición física de Germán Abdala”, se destacó en la página.
“Este decreto, tras 29 años de lucha incansable de ATE, viene a restablecer la carrera administrativa, el régimen de concursos y crea un espacio de negociación colectiva. Se salda así una deuda de la democracia para con los trabajadores estatales”, se indicó.
Deberes y derechos
La ley 9.755, de 122 artículos, se sancionó en 2006. Entre otros aspectos, establece que el ingreso a la administración pública deberá regirse por principios de igualdad y darse mediante regímenes de selección. También se controlará la aptitud psicofísica.
Habrá un escalafón administrativo constituido por cuatro grupos (conducción, profesional, administrativo y técnico y de servicios auxiliares) dividido en 14 categorías.
Los empleados serán promovidos cada cuatro años, siempre que existan cargos vacantes y que hayan aprobado los cursos de capacitación dictados por el Estado. Para ascender, habrá que tener tres años de antigüedad en el cargo anterior y superar un concurso.
Las funciones de director, por ejemplo, se concursarán cada cuatro años. Podrá participar el agente que esté finalizando el período, pero también aspirantes nuevos. Es requisito poseer título universitario o terciario y acreditar cinco años de antigüedad en la administración pública o experiencia laboral en la materia.
La nueva normativa pone especial énfasis en la capacitación, que estará a cargo del empleador y es considerada un deber del trabajador, que contará con licencias, subsidios y becas. Otro deber del empleado será presentar la declaración jurada de sus bienes.
El capítulo 10 de la ley se refiere a la convención colectiva de trabajo, que será para determinar “condiciones de trabajo, salarios y todo lo concerniente a la relación laboral”. La representación de los empleados públicos será ejercida por las asociaciones sindicales con personería gremial. Al gremio con mayor número de afiliados le corresponderá la mayoría absoluta de la representación de los empleados públicos y el resto se distribuirá proporcionalmente según el sistema D’ Hont.
La representación del Estado estará en manos de quien designe el Poder Ejecutivo, en un rango mayor al de subsecretario. En caso de establecerse negociaciones con alcance sectorial, la representación se integrará además con los titulares de las áreas correspondientes. Podrá también disponerse la asignación de otros funcionarios o asesores expertos a efectos de integrar la representación oficial y colaborar en las negociaciones.
El artículo 85 crea el Consejo de la Paritaria Estatal (CPE), que será la autoridad administrativa de aplicación de la ley y estará facultado para disponer la celebración de las audiencias que considere necesarias para lograr un acuerdo. Estará integrado por tres miembros del Poder Ejecutivo con acuerdo del Senado que durarán seis años en sus funciones.
En ese ámbito se llevará a cabo la negociación colectiva que podrá realizarse dentro de un ámbito general o sectorial. Las partes articularán las negociaciones en los distintos niveles. Por cada negociación, general o sectorial, se integrará una comisión negociadora en las que serán partes los representantes del Estado y de los empleados públicos.
Fuente: El Diario.