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Solicitarán inspecciones por empleo en casas de familia

Desde abril a la fecha, cambió sustancialmente el marco regulatorio de la relación laboral para el trabajo en casas particulares. La entrada en vigencia de la Ley Nº 26.844, y una política del Estado a favor de su aplicación plena, desnaturalizaron la situación de irregularidad del que eran víctimas las empleadas en casas de familia.
El Sindicato Empleadas en Casas de Familias de Entre Ríos (Secfer) hizo mucho en ese sentido, asesorando no sólo a las afiliadas sino también a la patronal para que pudiera ponerse en regla.
Hubo resultados pero aún falta, según la evaluación de Manuela Muñoz, secretaria General de Secfer, entidad asociada a la Central de Trabajadores Argentinos (CTA). “Desde el Ministerio de Trabajo se nos planteó oportunamente la posibilidad de una tarea conjunta. Pensamos que era importante darle tiempo a la patronal para que se pusiera en regla. Pero a cinco meses no puede ser que sólo alcancemos al 40% de empleo registrado”, lamentó Muñoz que en este marco hizo saber que solicitarán, ahora sí, que Trabajo inicie las inspecciones en los domicilios para detectar empleo en negro.
Categorías. Otra novedad que se dio, como parte de las reglamentaciones esperadas a la Ley Nº 26.844, es la resolución del Ministerio de Trabajo de la Nación por la que se fijan las categorías laborales y los salarios mínimos para cada una de ellas.
Hasta el momento, se apelaba al viejo escalafón para fijar los sueldos mientras se dictaba esta nueva norma que rige desde el corriente mes.
Allí se dispusieron cinco categorías: 1) Supervisor. Encargado del control y coordinación de las tareas efectuadas por dos o más personas; 2) Personal para tareas específicas, cocineros o quienes desempeñen otras tareas del hogar que requiera un saber determinado; 3) Asistencia y cuidado de personas, en la que se comprende el cuidado no terapéutico de personas enfermas, con discapacidad, niños, adolescentes y adultos mayores; 4) Caseros (cuidado general y preservación de la vivienda que habita según lo previsto en el contrato); y 5) Personal con tareas generales que realizan tareas de limpieza, lavado, planchado, elaboración y cocción de comidas, mantenimiento y cualquier otra tarea del hogar.
Para la categoría 1, se fijó un salario de $3.950 y un pago por hora de $31, con retiro; y de $4.400 y $34 por hora, sin retiro (con cama). Para la categoría 2, el sueldo mínimo será de $3.670 y $29 la hora, con retiro; y $4.085 y $32 por hora, sin retiro. En la categoría 3, el sueldo es de $3.580 y $28 la hora, con retiro; y $3.990 y $31 por hora, sin retiro. Los caseros (categoría 4) tienen asignado un salario de $3.580 y se fijó en $28 la hora. En la categoría 5, se determinó un salario de $3.220 y la hora, en $ 25, con retiro; y sin retiro los valores se fijaron en $3.580 el sueldo y la hora en $28.
La jornada laboral que se determina para fijar el sueldo es de 8 horas diarias, de lunes a sábado. En el caso del pago por hora se abona de ese modo siempre que sea de lunes a viernes o sábado hasta las 13, y se prevé un recargo del 100% para la hora que corresponda a los sábados por la tarde, domingos y feriado.
Objeciones. Muñoz explicó que las nuevas categorías no fueron el escalafón esperado. “La categoría 1, de la supervisora de dos o más personas, no existe en este país mientras que la categoría 5, que es el que contempla tareas generales, incumbe al 90 por ciento de las trabajadoras”, hizo notar.
Por otro lado, objetó que haya quedado una suerte de vacío en la mayoría de las contrataciones que no alcanzan la jornada de ocho horas diarias, de lunes a sábado, pero que se diferencia sustancialmente de la contratación por hora. “Se dejó de lado el prorrateo para poder determinar el sueldo. Se fija el salario por la jornada y se fija la hora. De este modo, si trabajas cinco horas, por ejemplo, debiera calcularse por hora, según la reglamentación aprobada”, afirmó.
Finalmente, subrayó que cierto atraso que había en la determinación del pago de hora y sueldo, llevó a que muchas trabajadoras hoy estén percibiendo $25 la hora (cuando lo vigente no alcanzaba a los $20). Esperaban una determinación mejor del pago por hora que “para las chicas quedó congelado ahora en 25 pesos por resolución”.

Al margen
Pendiente. Muñoz recordó que aún está pendiente la medida de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) que disponga el pago de la licencia por maternidad porque hoy es un “derecho” de la trabajadora pero no hay quien lo pague. También marcó que aún no se ha dictado la reglamentación para la contratación de la Aseguradora de Riesgos de Trabajo.

 

Fuente: El Diario