El depravado, de 40 años de edad, abusó sexualmente de su hija menor de 7 años, a la que sometió a estas conductas en las oportunidades que la llevaban de visita a su casa, ya que se había separado de su esposa.
A estos actos de perversión sumó a su hijo dos años mayor que la niña, obligándolos mediante amenazas a distintos actos para satisfacer sus bajos instintitos, hechos que se habrían prolongado un considerable tiempo.
La investigación del caso llevó a que las partes, dados los elementos obrantes, presentaran un acuerdo de juicio abreviado. El acusado reconoció la responsabilidad.
El Tribunal de Juicio, integrado por los vocales, Evangelina Bruzzo, Fernando Martínez Uncal y Mariano Martínez, analizó la presentación y corroboró que se dieran las condiciones para su homologación.
Finalmente, dispuso hacer lugar al pedido de homologación del juicio abreviado y condenó a LAB a la pena de 15 años de prisión efectiva, ordenando continúe alojado en la Unidad Penal Nº 7 de Gualeguay, donde purgará la misma, por ser autor materialmente responsable de los delitos de “Abuso sexual con acceso carnal agravado por su calidad de ascendiente y conviviente reiterados” (art. 119 párrafos 3° y 4o incisos b) y f) del Código Penal) en concurso real entre sí (art. 55 del Cód. Penal), los que a su vez concursan idealmente con el delito de “Corrupción de menores agravada” -dos hechos- (arts. 54 y 125 segundo y tercer párrafo del Código Penal), notificándose de la sentencia a la madre de las víctimas.