EL DIARIO informó en su edición del martes 6 de enero sobre la detención de Vega, de 32 años, sobre quien pesaba un pedido de captura dictado por el juez de Instrucción Mauricio Mayer, por un homicidio ocurrido en Barrio Belgrano de Paraná, el sábado 3 de enero, aproximadamente a las 14, en la intersección de las calles General Espejo y Entubado del arroyo Antoñico, en barrio La Delfina en Paraná. Se trata del segundo homicidio ocurrido en Paraná en lo que va de 2015.
Esta Hoja informó que tanto el agresor como la víctima tienen antecedentes policiales y judiciales. La víctima cumplía una condena en la Unidad Penal Nº 1 por robos y abuso de arma de fuego y era acreedor del beneficio de salida socio laboral. En tanto que en la audiencia que se realizó ayer, se supo que Vega estaba cumpliendo una condena de prisión condicional de tres años que se acordó en un juicio abreviado que se realizó el 27 de noviembre de 2014 ante el juez Correccional N° 2 Daniel Malatesta, por el delito de Tentativa de homicidio, Robo calificado y Amenazas calificadas, todos los hechos cometidos con armas de fuego, en concurso real.
En la audiencia, el fiscal Gervasio Labriola solicitó al juez de Garantías N° 3 Ricardo Bonazzola, que dicte la prisión preventiva de Vega por 90 días, puesto que consideró que se daban los riesgo procesales de entorpecimiento de la investigación y riesgo de fuga. En tanto que la defensa particular, a cargo de Alberto Silva Velazco, solicitó que se rechace el planteo de Fiscalía porque se pueden aplicar otras medidas restrictivas menos gravosas que también aseguren la producción de las pruebas que restan concretar, y pidió que se dispusiera la libertad bajo caución u otras medidas.
CONSIDERACIONES. Para el fiscal, la participación de Vega en el hecho se sostiene en el testimonio de tres jóvenes, que son hijos y sobrino de la víctima, de 12, 16 y 19 años respectivamente, que presenciaron el incidente y señalaron a Vega como el autor del disparo. Para Labriola, la conducta de Vega posterior al hecho, que huyó del lugar y estuvo prófugo dos días, son demostrativas de que los riesgos procesales –entorpecimiento de la investigación y riesgo de fuga– están presentes. En este sentido destacó que el imputado tiene varios antecedentes en hechos que involucran el uso de armas de fuego, añadiendo que obstaculizó el accionar de la Justicia porque se habría desentendido del arma entregándosela a una persona apodada Beto. También mencionó que restan producir pruebas, como el análisis de dermotest, que no se pudieron realizar porque Vega, a pesar de saber que era sindicado como el autor del hecho, no se presentó ante los estrados judiciales, impidiendo que se formalizaran aquellas pericias.
Por su parte, el defensor realizó un planteo de nulidad o inadmisibilidad procesal por violación del principio de congruencia y la violación de la garantía de defensa en juicio que fue rechazado por el juez, que entendió que no existió ninguna violación que afectarse garantías constitucionales. El defensor señaló que en el legajo de la IPP figura como fecha del hecho el 3 de diciembre de 2015, fecha que aún no llegó. El juez consideró que se trató de un “evidente error”. Asimismo, Bonazzola rechazó la observación de la defensa respecto a que en el legajo de apertura de la causa no figuraba la causa por la portación del arma. En este sentido, Labriola explicó que la dinámica que impone el nuevo Código Procesal Penal permite que se pueda ir cambiando el legajo a medida que avanza la investigación, e incluso indicó que la apertura de la causa es provisoria.
La defensa sostuvo que no existen los denominados riesgos procesales, argumentando que Vega tiene arraigo y trabajo, y que a pesar de tener varias causas y una condena, nunca rehuyó a someterse ante la Justicia. En el mismo sentido, destacó que jamás estuvo prófugo. Finalmente, el defensor adelantó que acudirá en Casación contra la resolución del juez.
Los hechos
A Vega se le atribuyen dos hechos. El primero refiere a que el sábado 3 de enero a las 14, en la intersección de calle General Espejo y Entubado del arroyo Antoñico, portaba un arma calibre 9 milímetros sin la correspondiente autorización. El otro es el homicidio de Romanutti, ocurrido el mismo día, alrededor de las 14, sorprendió a Vega y le disparó con un arma calibre 9 milímetros en el pecho, dándose a la fuga del lugar.
Fuente: El Diario