El cura Justo José Ilarraz deberá presentarse, por tercera vez, en los Tribunales el miércoles 24 del actual, a las 10, para ampliar su indagatoria ante la titular del Juzgado de Transición Nº 2, Susana María Paola Firpo.
La ampliación de la indagatoria es a pedido del propio Ilarraz. El cura, que enfrenta una causa penal por abuso de menores en el Seminario de Paraná, donde fue prefecto de disciplina y director espiritual entre 1985 y 1993, estuvo ante la jueza el 21 de abril último. Pero no habló
Esa vez, se abstuvo de declarar y sólo proclamó su inocencia y dijo que las denuncias en su contra, siete víctimas que lo acusan de graves abusos, eran falsas. Seis días después, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó el planteo prescripción formulado por los defensores del cura, Juan Ángel Fornerón y Jorge Muñoz, y ordenó avanzar en la investigación.
Entonces, ocurrió lo que se esperaba: Ilarraz pidió ampliar su indagatoria, una chicana judicial que sirvió para aplazar una resolución de la jueza Firpo en torno a la situación procesal del cura. La magistrada fijó fecha para el 15 de mayo para escucharlo, pero se enfermó y todos los plazos se corrieron. Ahora, Firpo resolvió que esa indagatoria tenga lugar el próximo 24.
Será la tercera vez que el cura esté en la Justicia. La primera vez, después de que se abriera la causa en su contra en septiembre de 2012, fue el 6 de abril, cuando la jueza había dispuesto la pericia psicológica del cura. Pero el sacerdote llegó a Tribunales sin ser visto por nadie, se presentó ante los peritos y pidió que el trámite se pospusiera para después de la indagatoria.
Críticas. Pero la jueza no sólo decidió finalmente fijar fecha para que el cura Ilarraz amplíe su indagatoria –se lo había pedido la querellante Rosario Romero– sino que rechazó un recurso de reposición que había planteado el defensor del cura, Juan Ángel Fornerón, que se quejó por un pedido de ampliación de la pericia.
Fornerón reprochó una resolución que adoptó la jueza al decidir requerir a los peritos del STJ que efectuaron la pericia psicológica a las víctimas que amplíen su informe, y cuenten “si es posible que una víctima de corrupción, de corta edad (pubertad) desarrolle respecto del autor de los abusos una relación de afecto que lo lleve a escribir una carta, a pesar de lo vivido”. Y si en tales circunstancias, podría darse el “denominado Síndrome de Estocolmo, y en caso afirmativo, en qué consiste, cómo se manifiesta y con qué frecuencia”.
Fue a partir de que la defensa de Ilarraz presentara, como pruebas a su favor, cartas que las víctimas habían intercambiado con el cura después de haberse ido del Seminario. Aunque Fornerón no creyó conveniente que la ampliación de la pericia estuviera a cargo de los mismos peritos, como pidió la querella, por cuanto se trata de “una nueva pericia” y por tal motivo debería quedar bajo la responsabilidad de otros profesionales.
Fornerón argumentó que los integrantes del departamento médico forense del STJ resultan “afectados subjetivamente” para expedirse respecto de la prueba presentada en la causa –las cartas– que, en su opinión, “contradice” su informe pericial primero, por cuanto esos nuevos elementos “ponen en crisis” sus conclusiones.
Después, se detuvo en el punto del síndrome de Estocolmo, que a entender del defensor de Ilarraz sólo ha sido probado en casos de secuestro, aunque sostiene que su “traspolación” a hechos de abusos requiere de “estudios de campo que acrediten su valor científico”.
Dificultades. Pero la jueza Firpo rechazó el planteo de la defensa de Ilarraz, y de ese modo dio curso a la petición de la querella para que los peritos del STJ amplíen el informe psicológico de las víctimas.
También pidió al perito calígrafo del máximo tribunal provincial que examine las cartas presentadas por Ilarraz como prueba, citó al cura para ampliación de la indagatoria para el 24 del actual, a las 10, y, además, pidió a los peritos Alejo de Zan, psicólogo, y José Clementi, psiquiatra, fecha para practicarle la pericia al sacerdote.
La decisión de la jueza de citar a Ilarraz se adoptó el miércoles 27 de mayo, aunque el fiscal Juan Francisco Ramírez Montrull recién fue notificado el viernes 29. Y la fecha de la indagatoria fue dispuesta para el 24 del actual, o sea casi un mes después. Aunque la magistrada, en su extensa resolución, negó que haya “dilación” alguna en su juzgado respecto de esta causa, y de ese modo contestó, de modo severo, las críticas del fiscal y la querella. Sugestivamente, la jueza Firpo puso el dedo en la llaga: en su resolución, expuso el argumento del paso del tiempo, un tópico sostenido con ahínco por la defensa de Ilarraz, como elemento que lentifica una resolución de la situación procesal del cura y, enventualmente, la elevación de la causa a juicio oral.
La magistrada sostiene que “es evidente que la mayor dilación provocada respecto de la investigación de los hechos de autos se debe a la circunstancia de que hayan transcurrido aproximadamente entre 21 y 25 años para ponerlos en conocimiento de la Justicia, siendo el inexorable paso del tiempo lo que dificulta sensiblemente la debida reconstrucción probatoria de ellos”.
Ese fue el argumento de la defensa para plantear la prescripción de la causa, finalmente rechazada por la Sala Penal del STJ.
Quejas y respuesta
La resolución que adoptó la jueza Susana María Paola Firpo al resolver citar a indagatoria al cura Justo José Ilarraz, el 24 del actual, contiene una dura respuesta a las quejas de querella y fiscal respecto a lo que entienden como “dilación” de la magistrada en avanzar en la instrucción de la causa. El fiscal Juan Francisco Ramírez Montrull sostiene que la etapa de las pruebas ya está concluida, y que lo que corresponde en esta etapa es definir la situación procesal de Ilarraz, y eventualmente, elevar la causa a juicio. En ese esquema, sostiene que sumar más testimoniales no hace más que elongar los plazos. La jueza hizo notar el hecho de que “no es la primera vez que (fiscal y querellante) esgrimen insistentemente este tópico”, y dijo que tomó a su cargo la causa el 27 de noviembre último, aunque las víctimas hicieron la denuncia en septiembre de 2012, y el cambio de juez (antes estuvo a cargo Alejandro Grippo) es un asunto que escapa a ellos. Firpo puso como argumento a su favor haber tomado 40 testimonios, a veces de tarde y en ocasiones de noche, y en una comparación nada azarosa, recordó que en los dos años que Grippo tuvo en sus manos el expediente sólo tomó 11 testimonios. ¿Y, habrá pensado, como defensa nada mejor que un buen ataque, hizo notar que “durante todo el año 2013 (frase subrayada por la jueza) estando radicado en el Juzgado por más de siete meses, desde el 3/4/2013, se recepcionó una sola testimonial” sin que “se cuestionara tal letargo”. “Amén de ello, en pos del legítimo derecho de defensa y del principio de igualdad de armas, como asimismo el legítimo derecho de las víctimas, es que se realizan e informan con la mayor celeridad todas las medidas necesarias y conducentes a la investigación –como de hecho se están realizando diariamente en la causa—desde que la suscripta se avocó a su conocimiento, por lo demás es evidente que la mayor dilación provocada respecto de la investigación de los hechos de autos se debe a la circunstancia de que hayan transcurrido aproximadamente entre 21 y 25 años para ponerlos en conocimiento de la Justicia, siendo el inexorable paso del tiempo, lo que dificulta sensiblemente la debida reconstrucción probatoria de ellos, debiendo extremarse el celo de la instructora par llevar a cabo su más completa investigación integral”, concluyó Firpo.