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Ilarraz: la prescripción va a la Corte pero la causa central sigue su curso

o_1441942038La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió habilitar la vía federal y permitir que el planteo de prescripción en torno a la causa que investiga los abusos por parte del cura Justo José Ilarraz sea resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La decisión fue adoptada por el máximo tribunal en torno a la impugnación extraordinaria que había presentado el defensor de Ilarraz, Juan Ángel Fornerón, tras la decisión de la Sala Penal del STJ, el 27 de abril último, cuando falló que los delitos que se le imputan al sacerdote no están prescriptos. A la vez, ordenó continuar con la investigación judicial.
La causa “Ilarraz Justo José s/Promoción a la corrupción agravada” se abrió en septiembre de 2012 y fue una investigación de oficio que ordenó el procurador general Jorge Amílcar Luciano García. Fue después de que en 1995 la Iglesia ordenara una causa interna cuando se conocieron las primeras denuncias de las víctimas por los abusos del cura Ilarraz.
El sacerdote fue prefecto de disciplina en el Seminario Arquidiocesano Nuestra Señora del Cenáculo entre 1985 y 1993 y fue responsable de los dos primeros años de la secundaria con internado. Ilarraz se convertía en guía espiritual, ganaba su confianza y después cometía los abusos bajo el argumento de que así establecían una amistad “más profunda” con los adolescentes.
La investigación eclesiástica derivó en una sanción que aplicó el exarzobispo Estanislao Karlic: lo condenó al destierro a Ilarraz y le prohibió volver a la diócesis. Fue así que el sacerdote se instaló en Tucumán, donde le dieron acogida y lo pusieron al frente de una parroquia en la localidad de Monteros, y allí estuvo hasta que fue suspendido como sacerdote en 2012.
Mientras, la causa judicial, en manos de la titular del Juzgado de Transición Nº 2, Susana María Paola Firpo, tuvo el 10 de julio último una resolución clave: el dictado del procesamiento del cura, que lo dejó a las puertas del juicio oral y público.
VOTO DIVIDIDO. La investigación de Firpo avanzó mientras la Sala Penal del STJ tenía a resolución el incidente de prescripción, que ahora quedó resuelto. Fue con voto dividido ya que el camino federal lo habilitaron los vocales Daniel Carubia y Claudia Mizawak. En disidencia votó el vocal Carlos Chiara Díaz, quien entendió que en el planteo del defensor del sacerdote no hubo la “fundamentación suficiente”.
Chiara Díaz refutó los argumentos de la defensa, y sostuvo que en “ningún pasaje de la sentencia se pretendió crear pretoriamente una nueva categoría de delitos imprescriptibles, ni se dijo que los abusos sexuales cometidos en contra de menores eran delitos imprescriptibles, como equivocadamente plantea” Fornerón. Además, sostuvo que la sentencia atacada “se encuentra suficientemente fundada”.
En cambio, Carubia encontró fundamento al planteo de la defensa de Ilarraz en razón de que ataca el fallo del STJ invocando “infracciones a garantías de tutela constitucional”, que ahora deben ser resueltas por la Corte. Ese principio también fue observado por Mizawak, que consideró que “en tanto medie una cuestión constitucional, oportunamente planteada, no corresponde vedar el acceso al intérprete final de la Constitución”, esto es la Corte.
En ese sentido, consideró que en la causa Ilarraz “se han resuelto cuestiones novedosas e inéditas que por su relevancia singularizan la cuestión a decidir y ameritan –a mi criterio—que se habilite la vía extraordinaria para que nuestro máximo tribunal nacional emita opinión al respecto”.
SIN FRENO. La jueza Mizawak, si bien habilitó el recurso federal para tratar el incidente de prescripción, hizo una aclaración en su voto, a saber. Al votar favorablemente por el planteo que hizo la defensa de Ilarraz, expresó que “se deberá elevar el presente incidente, sin perjuicio que el principal continúe según su estado”. Es decir, la causa principal seguirá tramitándose en la Justicia provincial.
Al respecto, el procurador general Jorge García dijo a EL DIARIO que coincide con el planteo del vocal Chiara Díaz en el sentido de que no corresponde ir a la Corte con un planteo que ya está resuelto por la Justicia provincial. “Pero no nos causa ningún agravio que se llegue a la Corte. Acá se trata de una cuestión novedosa, como dijo Mizawak, y resultará relevante que la decisión que ya tomó un tribunal en Entre Ríos tenga el aval de la Corte. Nos parece correcto. No nos cabe duda de que la Corte va a decir que los compromisos internacionales que ha firmado la Argentina en la tutela de los niños van a tener relevancia y va a confirmar el fallo”, opinó.
A la vez, ponderó la decisión de la Sala Penal de elevar a la Corte sólo el recurso de prescripción y no el expediente principal, “por cuanto, después del procesamiento, que no tenemos dudas de que va a ser confirmado, vamos a estar a las puertas del juicio oral a Ilarraz”.
En tanto, el querellante Marcos Rodríguez Allende dijo que “respeta” la decisión de la Sala Penal pero a la vez entendió que la discusión en torno a la prescripción “ya se encuentra absolutamente agotada”.
“Es decir que esta discusión estaría zanjada a nuestro criterio. Pero si el Superior Tribunal estima que esta discusión debe ir al máximo tribunal de la Nación, que es la Corte, nos parece correcto. Aunque nosotros tenemos elementos jurídicos sobrados para demostrar a nivel nacional una jurisprudencia que puede llegar a servir en otros casos y sentar precedentes en torno a casos de abuso de menores”, opinó Rodríguez Allende.

Apelación
El 10 de julio la jueza Susana María Paola Firpo dictó el procesamiento del cura Justo José Ilarraz en la causa penal que investiga los abusos a menores ocurridos en el Seminario Arquidiocesano de Paraná.
Pero esa resolución fue apelada por el defensor del cura, Juan Ángel Fornerón, y, según explicó el querellante Marcos Rodríguez Allende, las partes ya fueron notificadas de que el tribunal que intervendrá en esa cuestión estará compuesto por los jueces Marcela Badano, Pablo Vírgala y Daniel Malatesta.
“Ahora, lo que resta es que se fije una fecha en la que se va a producir audiencia oral y publica en la que cada parte exponga sus argumentos. Nosotros, como querellantes, defendemos, junto al Ministerio Público Fiscal, la posición de que el procedimiento es razonable”, dijo.

El rechazo de la prescripción “fue aberrante”
El abogado tucumano Jorge Muñoz, que integra la defensa del cura Justo José Ilarraz, entiende que la Corte va a dar cabida al planteo de prescripción por cuanto están en juego “cuestiones de orden público, y porque existen aspectos constitucionales que respetar y que no se pueden obviar”.
Muñoz disiente con la tesitura de la Justicia de Entre Ríos, que ha rechazado insistentemente la vía de la prescripción de los delitos que se le imputan a Ilarraz, al entender que “el plazo de prescripción se encuentra ampliamente cumplido y esta cuestión es lo que va a analizar la Corte”.
“La Corte –dijo Muñoz a EL DIARIO– va a determinar si estamos frente a una situación en la que hay que hacer prevalecer el derecho publico interno o vamos a adherirnos a los planteos de la Justicia de Entre Ríos, que a nuestro criterio son aberrantes”.
A ese respecto, se mostró convencido de que “la mirada que va a tener la Corte va a ser una mirada objetiva y acorde a derecho, lo que implica el reconocimiento de que este fallo va a hacer lugar al recurso extraordinario, se va a dar vuelta la sentencia dictada por la Justicia de Entre Ríos. Nosotros estamos reprochando el apartamiento a normas de orden público”.
Dijo que las víctimas tuvieron tiempo suficiente para denunciar los delitos y que, sin embargo, no lo hicieron. “Tuvieron todo el tiempo del mundo”, observó y después reprochó el fallo de procesamiento del cura que, dijo, no tuvo fundamentos válidos, a su criterio. “Acá, ante la duda, se lo procesó. Se actuó al revés”, argumentó Muñoz.