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Otorgan arresto domiciliario con custodia policial al conductor de la tragedia del domingo

o_1445488043Ignacio Carlos Laporta Di Tomaso ingresó a Fiscalía escoltado por tres efectivos de la Policía de Entre Ríos y con la capucha de un buzo blanco cubriéndole todo el rostro. El joven de 29 años fue trasladado desde Alcaidía de Tribunales hasta la sede del Ministerio Público Fiscal, donde lo esperaba el fiscal Juan Malvasio, para la audiencia de declaración de imputado. En la audiencia se le informó sobre el hecho que se le atribuye y se le hizo saber la calificación legal y las pruebas que se recolectaron hasta el momento en el legajo. Laporta Di Tomaso fue imputado del delito de homicidio imprudente agravado por la conducción antirreglamentaria en concurso ideal con el delito de lesiones graves culposas, en relación al accidente ocurrido el domingo 18 de octubre a las 6 en la intersección de calle Mitre y Santiago del Estero de Paraná. Allí, según pericias incorporadas a la causa, el conductor colisionó contra una columna y una casa, tras conducirse a alta velocidad y perder el control del Volkswagen Bora que conducía, dejando como saldo una joven sin vida, un menor de edad en grave estado y tres personas más con lesiones de distinta consideración.
Fuentes judiciales precisaron que hoy declararán, en calidad de víctimas, dos de las personas que iban en el auto, en tanto que las otras tres lo harán cuando se encuentren en condiciones de hacerlo. De los cuatro testigos que declararon ayer, se trató de tres testigos presenciales y una vecina que escuchó el ruido del choque y salió a ver y terminó auxiliando a los accidentados, uno dijo que vio al imputado trasladarse a alta velocidad por la zona de calle Moreno y Corrientes, antes de Mitre.
CARGOS. En la audiencia, donde además del fiscal estuvo Hugo Gemelli en calidad de defensor del conductor, se acordó solicitar la prisión preventiva en la modalidad de arresto domiciliario por el plazo de 45 días. Malvasio informó a EL DIARIO que “el plazo acordado es el que pensamos como necesario para elevar la causa a juicio”. En este sentido, el fiscal adelantó que “Fiscalía va a pedir pena de cumplimiento efectivo, en función de lo que establece el artículo 84 del Código Penal”. El artículo de marras prescribe que “será reprimido con prisión de seis meses a cinco años e inhabilitación especial, en su caso, por cinco a diez años el que por imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes a su cargo, causare a otro la muerte”. En el segundo párrafo añade que “el mínimo de la pena se elevará a dos años si fueren más de una las víctimas fatales, o si el hecho hubiese sido ocasionado por la conducción imprudente, negligente, inexperta, o antirreglamentaria de un vehículo automotor”. Malvasio también adelantó que Fiscalía “va a pedir la pena más alta, que es de cinco años”.
El fiscal también destacó la labor de un efectivo de la Policía de Entre Ríos que con un matafuego logró sofocar el principio de incendio que se originó tras el choque. En este sentido, Malvasio señaló que “si no lo sofocaba morían todos”.

DEFENSA. Antes de ingresar a la audiencia, Gemelli expresó a esta Hoja que “la audiencia es de imputación de cargos en base a las pruebas que hasta acá se han recabado. Estamos hablando de que están todas las pruebas solicitadas por Fiscalía, todos los testigos citados para hoy a la mañana (por ayer), son cinco testigos civiles que declararon y que viven en el lugar, que asistieron y sacaron a las víctimas del auto, que apagaron el principio de incendio; se trata de la parte testimonial pero falta el testimonio de todos los chicos que venían en el vehículo. Posteriormente a esto hay que esperar todas las pericias técnicas y químicas, como las fotos de Criminalística”.
Además, Gemelli adelantó que “por consejo de esta defensa, Laporta se va a abstener de declarar y posteriormente, cuando se agregue toda la prueba, si él está en condiciones de prestar declaración libremente, ejercerá su legítimo derecho de defensa y ahí pediremos la ampliación de la declaración”. Respecto de la calificación legal del hecho, el defensor indicó que “es un delito con pena privativa de la libertad, en concurso real por las lesiones y por el homicidio culposo”.

COMPARACIONES. El letrado evitó cualquier comparación con el caso Silvio Díaz. En este sentido opinó que “no hay ninguna similitud, son dos hechos totalmente distintos” y agregó que “no tiene absolutamente nada que ver con el caso Díaz donde una persona a alta velocidad ingresa a una zona donde hay muchos chicos y gente cruzando la calle, donde el riesgo es terriblemente gravísimo y la situación también; ahí podemos hablar de dolo eventual y de la equiparación con un homicidio simple. Este fue un hecho no deseado, no representado, por eso se lo caratuló como culposo. Sí se está evaluando la conducta negligente del conductor, quien corría la misma situación de riesgo de las personas que iban en el auto con él”. Respecto a la cantidad de personas que se trasladaban en el rodado, Gemelli manifestó que “es lo que tratamos de dilucidar, hay testigos que hablan de cinco y otras que refieren siete acá”. Finalmente dijo que Laporta Di Tomaso “está en un estado angustiante muy grande por lo que ayer (por el lunes) fue trasladado al Hospital Escuela de Salud Mental y eso agrava la situación para que pueda declarar”.

AL MARGEN
El lunes se conocerán los resultados de las pericias toxicológicas sobre alcohol y estupefacientes practicadas al imputado. También se espera determinar en qué circunstancias al menos cuatro de los accidentados subieron al auto de Laporta Di Tomaso, puesto que versiones indican que no todos estaban en el mismo boliche.

Riesgo de fuga
Arresto domiciliario con custodia policial en la puerta de su casa porque llegó a oídos de Fiscalía el riesgo de fuga. En ese sentido con acuerdo de la defensa, el fiscal le solicitó al juez de Garantías, que le dio curso al pedido que ordenara la prohibición de salir del país a Laporta Di Tomaso con comunicación a los órganos pertinentes, añadiendo la prohibición de manejar hasta la fecha de la sentencia para lo que deberá entregar en Fiscalía el carné de conducir y en función de la primera medida, el pasaporte si es que lo tuviera.