Noticias - Toda la Provincia a Toda Hora

Otorgaron la libertad durante el proceso a Ignacio Laporta

o_1456287665El juez de Garantías Nº 4 Mauricio Mayer entendió que no se configuraban los riesgos procesales invocados para prorrogar la prisión preventiva con arresto domiciliario. Fiscalía pidió el cese de la mediada de coerción y la libertad del imputado; la querella por la familia de la víctima fatal, que pidió que cumpla el arresto en la cárcel; la defensa y las restantes querellas pidieron que se mantenga el arresto domiciliario. Por primera vez estuvo en una audiencia Blas Ignacio Tolosa, que era amigo de Laporta y luego lo querelló.
La audiencia en la que se realizaron los acuerdos probatorios previos a la remisión a juicio de la causa que se le sustancia a Ignacio Laporta por el accidente ocurrido el domingo 18 de octubre de 2015 a las 6 en la intersección de las calles Mitre y Santiago del Estero de Paraná, donde falleció Sofía Giuliana Villalba Pacco y sufrieron lesiones otros ocupantes del vehículo que conducía Laporta, fue el ámbito de una situación inusual para la habitual dinámica que se puede observar en las numerosas audiencias que se realizan a diario en los Tribunales de Paraná. Aquella situación quedó explicitada cuando los fiscales Juan Malvasio y Santiago Brugo pidieron el cese de la prisión preventiva en la modalidad de arresto domiciliario y que se le conceda a Laporta la libertad durante el proceso, con el argumento de que el imputado está computando pena; en tanto que la querella en representación de Yamila Lagorio, que sufrió serias lesiones en el accidente, pidió que se mantenga la medida de coerción tal como se venía desarrollando, al igual que la querella por parte de Tolosa, y el defensor Marcos Rodríguez Allende, que sostuvieron los argumentos que fundamentaron las sucesivas prórrogas de la medida, adoptadas por el juez de Garantías Nº 3 Ricardo Bonazzola, en los riesgos procesales que se verían estimulados por la adicción de Laporta al alcohol y las drogas. La querella por la víctima fatal, Sofía Pacco Villalba, a cargo de Marciano Martínez, pidió que el acusado espere el juicio detenido en la Unidad Penal Nº 1 de Paraná, argumentando que el imputado actuó con dolo.
Ante tal escenario, más afín al mundo del revés que describía la canción de María Elena Walsh, el juez de Garantías Nº 4 Mauricio Mayer decidió otorgar la libertad del imputado durante el proceso, manteniendo las prohibiciones de conducir cualquier tipo de vehículo y de salir del país, tal como lo decidió Bonazzola en la sentencia del 22 de octubre de 2015.

FUNDAMENTOS. Mayer se dirigió a Laporta y le dijo: “Usted va a recuperar la libertad ambulatoria desde hoy y tiene que respetar las restricciones ¿entendió?”, recibiendo por respuesta “sí, sí”. El magistrado fundamentó su decisión en que no advirtió que se haya introducido en el proceso ningún peligro procesal; incluso respondió a la defensa, que sostiene que Laporta, por su adicción a las drogas y el alcohol, puede ser un riesgo para sí o para terceros, aduciendo que “hay cientos de adictos caminando por la calle”; en tanto que a Fiscalía le señaló que la percepción de que Laporta intenta computar pena con el arresto domiciliario no es un elemento para tener en cuenta a la hora de decidir una medida de coerción, que se debe fundar en la posibilidad concreta de que se configuren los denominados riesgos procesales.

ACUERDOS Y DESACUERDOS. Al inicio de la audiencia no hubo desacuerdos respecto del ofrecimiento e introducción de la prueba que se va a producir en el eventual juicio. Así, acusadores y defensa acordaron la comparecencia de veinticuatro testigos que fueron ofrecidos por Fiscalía. Incluso, la querella por Lagorio, a cargo de Alberto Salvatelli y Alberto Silva Velazco, ofreció la incorporación de dos nuevos testigos, que no tuvo objeción por las otras partes.
Sin embargo, en lo que sería el inicio de una serie de cruces entre Fiscalía y defensa, los funcionarios se opusieron a la incorporación de una pericia psicológica y psiquiátrica que se le realizó al imputado y fue motivo de perspectivas opuestas entre profesionales de la salud. La diferencia la zanjó Mayer a favor de la defensa.

AL MARGEN
La complejidad del proceso exhibe su parte más intrincada en que la querella en representación de la familia Pacco Villalba no está de acuerdo con la calificación legal, la que entiende es de Homicidio simple con dolo eventual. Aquello también queda en evidencia al darse a conocer las proyecciones de lo que se denomina pena en expectativa: Fiscalía adelantó que pedirá cinco años de prisión, con la adhesión de la querella que representa a Lagorio. Por su parte, la querella de la familia Pacco Villalba adelantó que pedirá ocho años. A su turno, el querellante por parte de Tolosa, dijo que se expedirá por tres años de cumplimiento condicional. Todos, salvo el último, añadieron que la pena puede ser más alta si de los testimonios que se produzcan en el debate surgen elementos objetivos y subjetivos que así lo demanden.