El Tribunal de Juicio encontró de manera unánime a Pablo Actis como autor del crimen de Agustina Turano, que era su pareja y con quien tenía una hija pequeña, y lo condenó en primera instancia a la pena de prisión perpetua.
En el adelanto de la sentencia, que basó sus fundamentos en las pericias de los profesionales del Cuerpo Médico Forense de Tribunales, se le revocó la excarcelación y se le dictó la prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme. Escenas de congoja en las dos familias.
Angustia y emociones apenas contenidas se vivieron en el adelanto de sentencia que condenó a Pablo Actis a la pena de prisión perpetua en relación al crimen de quien era su pareja y madre de su hija, Agustina Turano.
El llanto apenas contenido, las respiraciones que se aceleraban a medida que Tribunal fundaba su decisión unánime respecto de que Actis estranguló a Turano y montó una escena para hacer pasar el crimen como un suicidio, las manos apretadas de los familiares de los protagonistas de esta tragedia moderna que es el femicidio, cristalizó en el exabrupto del padre del condenado que se puso de pie cuando el Tribunal terminó de leer el extenso adelanto de sentencia y profirió: “Corporación judicial, hijos de puta, tres autopsias mal hizo Aguirre (Daniel, integrante del Cuerpo Médico Forense)”.

El Tribunal, integrado por Miguel Ángel Giorgio, José María Chemez y elvio Garzón, ordenó que sea detenido, generando la resistencia de la esposa y los hijos que no podían reponerse de la sentencia que enviaba a un familiar a la cárcel por un tiempo muy largo, puesto que los magistrados hicieron lugar al pedido de la fiscal coordinadora Carolina Castagno, y los querellantes, Raúl Barradeguy y Candelario Pérez, para que le sea revocada la excarcelación de la que Actis fue beneficiario durante el proceso, ordenando la prisión preventiva y el traslado a la Unidad Penal Nº1 de Paraná, como autor del delito de Homicidio doblemente agravado por el vínculo y por tratarse la víctima de una mujer en contexto de violencia de género.
Adelanto. En el adelanto, los vocales dieron un fuerte respaldo a la tarea de los peritos del Cuerpo Médico Forense de Tribunales. Así, se destacó el trabajo de Daniel Aguirre, Luis Moyano, médicos forenses, y de María Zelmira Barbagelata Xavier y Aranzazú Ormache, peritos psicólogas.
Los primeros, especialmente Aguirre que realizó la autopsia del cadáver de la joven que fue exhumado cinco días después de ser velada y enterrada, concluyeron que la muerte de Turano se produjo por compresión mecánica del cuello, es decir que fue estrangulada y colgada ya sin vida, y no falleció ahorcada, en un supuesto suicidio, como se pensó en un primer momento.
En este sentido, el Tribunal explicó que “para decidir de manera objetiva en torno a las dos hipótesis, debemos partir de datos y conclusiones finales de la autopsia que se le practicó a la víctima y fuera llevada a cabo por el médico forense Walter Daniel Aguirre, quien además, en la audiencia de debate realizó un puntilloso y pormenorizado desarrollo de todas las operaciones técnicas que llevó a cabo en el procedimiento encomendado, dando cuenta de los hallazgos obtenidos, ilustrados y o documentados por fotografías y que le permitieron concluir con holgura de la manera en que se menciona en el protocolo de la causa. Esos hallazgos son datos irrefutables que confirman la hipótesis que ha venido dando la acusación pública y privada”, sostuvo Giorgio.
Las peritos psicólogas realizaron la autopsia psicológica de la malograda chica, en la que concluyeron que Actis tenía rasgo de personalidad perversa, que sometía a Turano a una relación de dependencia de él, que era el sujeto dominante de la relación.
El Tribunal destacó que Barbagelata y Ormache concluyeron que Turano “no atravesaba una situación emocional ni presentaba manifestaciones subjetivas que permitan suponer que habría podido por sí misma proporcionar su muerte, así como las huellas psicológicas que anclaban a María Agustina Turano a la vida”.
Frases. Entre las frases destacadas de la sentencia de primera instancia, se encuentra que para los magistrados “está acreditada la muerte violenta de María Agustina Turano” y que está “suficientemente verificada la hipótesis del homicidio”, puesto que en un primer momento se pensó que se trató de un suicidio, hipótesis que sostuvieron los defensores Hugo Gemelli y Matías Argüello de la Vega.
También que Actis realizó “un montaje revelador, una verdadera maquinación que llevó a un mal final” en relación a las situaciones de violencia de género “larvadas” que se vivían en la pareja, hasta llegar a la escena de mayor violencia el domingo 18 de octubre de 2014. En este sentido, se sostuvo que el imputado “tuvo tiempo más que suficiente para modificar la escena del crimen”.
Apoyo a los peritos
En el fallo, el Tribunal desestimó las críticas que realizaron a los informes de los peritos los testigos calificados Sergio Vázquez, Diego Rodríguez Jacob y Pablo Liendo.
Así, entendió que “Aguirre y Moyano no sólo arriesgan su prestigio profesional, sino que poseen fuerte compromiso en la materia en la que expusieron, en virtud del cargo que juraron desempeñar con lealtad”.

“Por el contrario, los doctores de la defensa fueron convocados como testigos para exponer en base a conocimientos especiales pero no como peritos, con todas las obligaciones que conlleva ese cargo, con lo cual sólo arriesgaron una opinión que en nada los compromete, más allá de los cuestionamientos éticos que realizara la fiscal de Cámara”.