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Alasino y la UCR se oponen a la designación de Smaldone

En la sesión del martes a la noche la Cámara de Senadores decidió darle tratamiento al pliego propuesto por el gobernador Sergio Urribarri para que el actual ministro de Trabajo, Guillermo Smaldone, ocupe la vacante en la presidencia del Tribunal de Cuentas de la provincia, tras la jubilación de Hugo Molina, quien estuvo al frente del organismo durante más de dos décadas.
La postulación de Smaldone fue objetada por ex convencionales, lo que generó las críticas del ministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, quien fustigó a la “UTE otoñal” de los ex convencionales, saliendo al cruce de la solicitud de “cordura y al irrestricto respeto de la Constitución de Entre Ríos”, que firman Augusto Alasino, Jorge Monge, Rubén Villaverde, Griselda De Paoli, Juan Carlos Arralde, Raúl Guy, Santiago Carlos Reggiardo, Carlos Claro Díaz, Américo Schvartzman, Dario Gianfelici y Daniel Zabala, Martín Acevedo Miño y Adriana de la Cruz de Zabal.
TRATAMIENTO. La decisión de darle tratamiento al pliego, como sucede en todos los casos, implica que el Senado inmediatamente abrirá un procedimiento público, abierto y transparente en el que se prevé una audiencia pública y una entrevista personal con el candidato que servirá para evaluar acabadamente la ideoneidad del ciudadano propuesto por el Poder Ejecutivo para cubrir esa vacante.
Este tratamiento culmina dando o negando la conformidad del Senado para que Smaldone sea el Presidente del Tribunal de Cuentas.
De los antecedentes que acompañan la propuesta del gobernador Urribarri, surge que Smaldone ya cuenta con experiencia en el Tribunal de Cuentas, ya que se desempeñó allí entre los años 2008 y 2011 como fiscal de cuentas, además de haberse desempeñado en diferentes organismos, tanto provinciales como nacionales, pasando por los tres poderes del Estado. Por otro lado, se puede ver que ha realizado estudios de posgrado en Derecho Constitucional y en Derecho Administrativo.
CASO PARTICULAR. Durante la sesión, los senadores interpretaron que el requisito de concurso previo que previó la reforma constitucional para cubrir ese y otros cargos no se puede cumplimentar en este caso en particular, porque hasta la fecha no se ha sancionado la ley que establezca su procedimiento. Pusieron de relieve que ni siquiera existe un proyecto de ley presentado en la legislatura.
Además, y ante las críticas de ex convencionales de la oposición, los senadores enfatizaron que el caso es idéntico a otros similares en los cuales el Senado interpretó que la ausencia de una ley reglamentaria no puede implicar un obstáculo para que se cubran las vacantes de organismos tan importantes para el normal funcionamiento del Estado. Lo contrario, afirmaron en el recinto, “implicaría darle a una supuesta legislatura opositora la posibilidad de frenar la cobertura de todas las vacantes”, al no sancionar una ley.
También se señaló que el Tribunal de Cuentas “está paralizado en todos los casos en los que no hay consenso, puesto que en la legislación vigente no existe un mecanismo que permita designar un suplente”.
En este marco, sólo resta esperar que la comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, que preside el senador por La Paz, Aldo Ballestena, anuncie los plazos y pasos a seguir basándose en la aplicación del artículo 19 del reglamento del cuerpo, ya que no está reglamentado el artículo de la Constitución Provincial que en el 2008 legisló sobre la forma de designación de este cargo en el artículo 217.
IMPUGNACIÓN. El Frente Renovador anticipó que impugnará el pliego por la “violación e incumplimiento de la Constitución, la cual expresa que los miembros del Tribunal de Cuentas deben ser nombrados previo concurso público”, según comunicó el vicepresidente de la fuerza política, Claudio Ava Aispuru. Mencionó que la Carta Magna reserva el plazo de un año para la reglamentación de la ley y “superado ese período, la misma Constitución Provincial faculta textualmente al Poder Ejecutivo para dictar, con carácter provisorio, los decretos reglamentarios que exija la aplicación de los nuevos preceptos constitucionales (art. 281)”.
Como contrapartida, la diputada Rosario Romero dijo que “lo cierto y concreto que está haciendo el gobernador es en el marco de la ley vigente no es que está violando alguna norma, ocurre que hay que hacer un nuevo cuerpo normativo que está pendiente”.
En tanto, el constitucionalista Rául Barrandeguy aseguró que el Poder Ejecutivo está aplicando un derecho vigente. “Hay que designar a un presidente que lo reemplace pero no se puede esperar tres años que se sancione la ley, porque el control de la finanza que lleva el Tribunal de Cuentas es esencial, hace a la transparencia”, señaló.

Polémica con ex convencionales 
Un grupo de ex convencionales constituyentes protagonistas de la última reforma constitucional en Entre Ríos del año 2008 firmó una declaración conjunta en la que llaman al Gobernador a “la cordura y al irrestricto respeto de la Constitución de Entre Ríos”, al señalar que el artículo 217 de la Constitución Provincial “exige la realización de un concurso previo a los fines de designar posteriormente los miembros permanentes” del Tribunal de Cuentas. “En ningún caso el texto magno entrerriano autoriza a que este cargo, prácticamente vitalicio, sea llenado por la sola voluntad discrecional del gobernador. En el caso la irregularidad que afecta a los principios republicanos, la independencia de los organismos de control, y la transparencia de los actos, resulta agravada en la medida que se pretende colocar en la presidencia del Tribunal de Cuentas a quien hoy cumple funciones de Ministro del propio Poder Ejecutivo Provincial. No sólo porque se trata de un funcionario provincial cuyas decisiones serán fiscalizadas por el Tribunal de Cuentas que integrará sino porque la propuesta en sí de un hombre que proviene de las entrañas del poder administrador y del círculo áulico de la estrecha confianza del gobernador ensucia la ética de la misma designación”, sostienen los ex convencionales Jorge Monge, Rubén Villaverde, Griselda De Paoli, Juan Carlos Arralde, Raúl Guy, de la UCR; Santiago Carlos Reggiardo, Carlos Claro Díaz, Américo Schvartzman, Darío Gianfelici y Daniel Zabala, del Partido Socialista; Martín Acevedo Miño, electo por Recrear; Augusto Alasino, de Viva Entre Ríos; y Adriana de la Cruz de Zabal, de la Coalición Cívica.
Desde el oficialismo, la respuesta política vino de boca del ministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, quien calificó de “UTE otoñal” al listado de firmantes de la solicitud, “ya que nada los une, sólo la necesidad de decir algo y tener repercusión mediática”.
Para Báez “la Constitución es clara en su artículo 217, donde establece que el presidente del Tribunal de Cuentas debe asumir ‘previo concurso público que la ley ordenará’. Aquí viene el primer escollo: no existe tal ley y tampoco hay en la Legislatura un proyecto que reglamente ese artículo”, advirtió.
Afirmó que “no se incumple ninguna prerrogativa constitucional, ya que sí se cumple lo normado en el artículo 175 inciso 16: corresponde al Poder Ejecutivo ‘nombrar, con acuerdo del Senado, a los miembros del Tribunal de Cuentas’, ni lo que prevé el artículo 103 inciso 2: corresponde exclusivamente al Senado ‘prestar o negar acuerdo al Poder Ejecutivo, en audiencia pública previa difusión del propuesto y de sus referencias personales, para el nombramiento de los miembros del Tribunal de Cuentas’. Y menos todavía el artículo 214 que fija los requisitos que Guillermo Smaldone supera holgadamente”.
Para el ministro, lo sustancial es que “la nueva Constitución mantuvo la facultad otorgada históricamente al Poder Ejecutivo para designar al presidente del Tribunal de Cuentas, con acuerdo del Senado; que además realizará la audiencia pública (fijada en el artículo 103), dónde se reciben objeciones a la designación”.
“En todo caso, lo discutible es la no reglamentación del artículo 217 sobre el requisito del concurso público. Entre los firmantes hay un diputado en ejercicio que hubiera podido presentar un proyecto y no lo hizo, no puede ser responsabilidad del gobierno esa falta, por lo que digo que Urribarri gobierna con la Constitución y las leyes vigentes. Si no se reglamentaron algunos artículos no puede achacarse al Poder Ejecutivo esa responsabilidad y, en todo caso, está haciendo uso de las facultades que la Carta Magna le asigna y que no se modificaron en la reforma”.