Las escuelas primarias no completan la asistencia perfecta los 180 días de clase al año: son comunes las faltas, a veces reiteradas, a veces salteadas, a veces consecutivas, de los alumnos.
La ausencia del chico en el aula no sólo ocasiona un entorpecimiento en el proceso de enseñanza, sino que también deriva en la pérdida de categoría de la escuela cuando se verifica una baja matrícula.
Hasta ahora, esa era la ley vigente. La resolución Nº 1.191, publicada el 13 de junio de 1991 por el Consejo General de Educación (CGE), fijó los criterios para recategorizar los establecimientos educativos.
El artículo 8º de esa resolución señala que los promedios de asistencia de los alumnos “se tomarán sobre la base de la asistencia media del mes de junio del año”, y con esas cifras en la mano las autoridades categorizaban a las escuelas primarias en cinco niveles diferentes.
De primera categoría, las que tienen una matrícula superior a los 451 alumnos; de segundo, con un número de alumnos de entre 201 a 450; de tercera, entre 101 y 200 alumnos; de cuarta, entre 18 y 100 alumnos; y de personal único, con menos de 17 estudiantes.
Estar en un nivel u otro supone diferente asignación de recursos y de personal.
Qué cambia. La idea, ahora, es modificar ese criterio de categorización de escuelas de enseñanza primaria en la provincia.
El cambio, la directora de Enseñanza Primaria del Consejo de Educación, Cristina Silva, supone que de ahora en más ya no se considerará la asistencia media –que considera las ausencias de algunos como factor determinante– sino la matrícula existente, estén o no en el aula.
La nueva modalidad podría quedar aprobada formalmente durante la reunión de mañana de la comisión paritaria que trata de las condiciones laborales en las escuelas. “Esto es un avance desde el punto de vista que se trata de un acuerdo que se alcanza entre el Consejo de Educación y los distintos gremios”, opinó.
Aunque a la vez resaltó otro beneficio, desde el punto de vista pedagógico. “Si la escuela sube de categoría, puede acceder a más cargos, por ejemplo de vicedirector. Y el vicedirector es el conductor nato de los procesos pedagógicos. Es un elemento que ayuda a lo pedagógico”, apuntó la funcionaria.
El cargo de vicedirector sólo existe en las escuelas de primera y de segunda categorías, de más de 200 alumnos. No existe en las de tercera ni en las de cuarta categorías; menos en las de personal único.
Acuerdo. La discusión paritaria de la nueva mecánica para recategorizar escuelas supuso el aplazamiento en la aplicación, y, eventualmente, la derogación, de la resolución Nº 937, dictada el 1 de abril de 2011 por el CGE y que hubiese supuesto un reacomodamiento de varias instituciones educativas. Esa norma ordenó el ascenso de categoría de 55 escuelas, y la baja de otras 89.
Sólo en el departamento Paraná 15 escuelas bajaban de categoría. Entre otras, la Escuela Nº 190 Obispo Gelabert y Crespo, de jornada completa, relegada de la segunda a la tercera categoría.
El representante de la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos (Agmer) en la mesa paritaria, Oscar Ávila, que discute el nuevo mecanismo a aplicar para recategorizar escuelas rescató el cambio de paradigma. “Es bueno que se decida cambiar el criterio. Considerar la cantidad de alumnos existentes y no ya la asistencia media nos da un panorama más real de lo que pasa en la escuela. Si de verdad se aplica esta nueva postura, ninguna de las escuelas que hubieran bajado de categoría con el otro sistema cambiaría su situación. Hay que considerar que una baja de categoría implica la pérdida de cargos”, resaltó.
Susana Cogno, vocal gremial en el Consejo de Educación, planteó que de lo que se trata es de suplantar una “normativa obsoleta” por otra que responda más a los tiempos actuales. “Se trata de considerar a la escuela como una unidad pedagógica, que no tiene nada que ver con la cantidad de alumnos. La asistencia media para aplicar una categoría es una forma antigua de considerar la realidad de la escuela, donde hoy se observan grandes complejidades”, apuntó Cogno.