La novedad se conoció ayer, y supone una medida de relevancia en el marco de una causa penal que se abrió en septiembre de 2012, y que en estos casi tres años de instrucción avanzó dificultosamente en la Justicia en medio de planteos de prescripción impulsados por la defensa del cura Ilarraz, representada por el abogado Juan Ángel Fornerón.
El cura, que fue prefecto de disciplina y administrador del Seminario entre 1985 y 1993, carga sobre sus espaldas con una causa penal, caratulada “Ilarraz Justo José s/Promoción a la corrupción agravada”, en la que siete víctimas relatan de qué forma el cura abusó de ellos mientras eran estudiantes. La carga de la prueba inclina la balanza en perjuicio de Ilarraz con la declaración del cardenal Estanislao Karlic, exarzobispo de Paraná, que mandó investigar al cura, y que confirmó que los hechos existieron, según han dicho fuentes con acceso a la causa.
La indagatoria será posterior a la pericia psiquiátrica y física a la que será sometido Ilarraz los días 6, 7 y 8 de abril, tarea que estará a cargo del equipo médico forense del Superior Tribunal de Justicia (STJ). Antes y después de esa fecha, seguirán las testimoniales de la serie de testigos citados por la jueza Firpo. Entre ellos, un grupo de 12 ciudadanos tucumanos, que declararán por exhorto, y también el grupo de sacerdotes que en 2010 firmó una nota que dirigió al exarzobispo Mario Maulión, pidiéndole que denunciara a Ilarraz en la Justicia.
TESTIMONIO CLAVE. El abogado Marcos Rodríguez Allende, uno de los querellantes en la causa Ilarraz, dijo a EL DIARIO que está probada la culpabilidad del sacerdote en la causa judicial, y que las declaraciones de las víctimas constituyen un elemento de peso, al igual que el testimonio, por escrito, que brindó Karlic.
“La declaración Karlic fue contundente –aseguró Rodríguez Allende–. En su testimonio, Karlic reconoce haber tomado conocimiento de los hechos, y que por esa razón ordena en su momento (año 1995, NdelR) que se sustancie un juicio diocesano, y que como resultado de ese juicio llega a la conclusión de que los hechos existieron. Es decir, para la Iglesia los hechos ocurrieron, y lo dice Karlic, quien escuchó la confesión de Ilarraz. Es decir, hubo una suerte de reconocimiento. Y eso es un testimonio de mucho peso. Es una prueba importante”.
Rodríguez Allende entiende que con el testimonio de las víctimas, y el aporte de Karlic, que fue el superior del sacerdote, y a quien tuvo de secretario personal, no bien Ilarraz se ordenó, en 1984, a la jueza Firpo “le sobran elementos para procesarlo”.
Ilarraz enfrenta una durísima acusación: siete jóvenes, que cursaron la escuela secundaria como pupilos entre mediados de la década de 1980 y principios de la década de 1990 en el Seminario, lo acusan de haber abusado de ellos. Los testimonios son firmes, los datos son demoledores.
Pero la causa se ha enfrentado a una serie de planteos del a defensa de Ilarraz con el argumento de que el delito que se le imputa está prescripto. El asunto pareció haber quedado resuelto en noviembre último, cuando la Cámara de Casación Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) rechazó el recurso de apelación planteado por la defensa de Ilarraz.
Pero esa última resolución fue apelada ante el STJ el 2 de diciembre a través de un recurso extraordinario.
ALTERNATIVAS. Pero mientras ese recurso todavía no se resuelve, la causa principal sigue su curso, y ayer se conoció la decisión de la jueza Firpo de citarlo a indagatoria a Ilarraz para el 21 de abril.
Ese día la magistrada deberá detallarle, con precisión, cada uno de los hechos que se le imputan, cada uno de los abusos denunciados por sus exalumnos del Seminario. Apenas adolescentes que entonces cursaban el ciclo básico de un secundario orientado al sacerdocio.

Como la causa se rige por el ordenamiento fijado por el antiguo Código Procesal Penal en Entre Ríos, la jueza Firpo tendrá un plazo de diez días para resolver la situación procesal de Ilarraz. Y en ese caso, hay tres alternativas posibles: a) dictar el sobreseimiento, y que se lo declare inocente; b) que se le dicte el auto de procesamiento, de responsabilidad provisoria de los hechos que se le imputan, y que se abra el camino hacia el juicio oral; y, c) que se dicte la falta de mérito, en el caso de que la magistrada no encuentre elementos para procesarlo o sobreseerlo.
El querellante Rodríguez Allende se inclina a pensar que la decisión de la jueza Firpo será la segunda. “Es el camino correcto a seguir, el más objetivo. “Creemos que hay elementos más que suficientes para llegar a un auto de responsabilidad por todos los hechos endilgados, y en definitiva, más allá de alguna que otra prueba que se pueda producir, estamos convencidos que podemos ya estar sometiéndolo a juicio”, apuntó el letrado.
De 10 a 15 años
El artículo 125 del Código Procesal Penal fija una pena de 10 a 15 años a los responsables de los delitos de corrupción agravada, que es la imputación que pesa sobre las espaldas del cura Justo José Ilarraz.
Ilarraz se ordenó cura en 1984, y al año siguiente manejó las riendas económicas del Seminario, hasta 1993. Ese año viajó a Roma, a obtener una licenciatura en Misionología.
Volvió en 1997 y se radicó en Tucumán. Aquí, el entonces arzobispo Estanislao Karlic había ordenado investigarlo luego de conocer las primeras denuncias por abuso. En 1996, decidió expulsarlo y prohibirle volver a la diócesis.
La Justicia ya recibió los testimonios de Karlic, y del actual arzobispo de Paraná, el exrector del Seminario, Juan Alberto Puiggari.
Pero también pidió los testimonios del emérito Mario Maulión, del obispo de Concepción (Tucumán), José María Rossi, último superior de Ilarraz, y del exrector del Seminario, Luis Jacob.
Karlic y Puiggari declararon por escrito, una prerrogativa que contempla el Código Penal.
Ricardo Leguizamón- EL DIARIO